GOMEZ LUIS ALBERTO c/ MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION s/ AMPARO
El actor promovió acción de amparo para obtener la renovación de su licencia de conducir sin la exigencia del libre deuda de infracciones consignadas en la boleta CENAT N°10192005. La Cámara hizo lugar al amparo y declaró que el accionar u omisión municipal no debe erigirse en obstáculo para el reclamo del otorgamiento de la licencia, por falta de motivación y de individualización de las multas.
¿Quién es el actor?
Luis Alberto Gómez.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Concepción.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita que se ordene a la Municipalidad permitir la renovación de la licencia de conducir sin exigir previamente el certificado o libre deuda de infracciones consignadas en la boleta CENAT N°10192005 (boleta electrónica por $9.292.790), pues ello impediría el ejercicio de su actividad como transportista.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la defensa de falta de legitimación pasiva planteada por la Municipalidad y hizo lugar al amparo, declarando el derecho del actor a que la actuación u omisión municipal no se erija en obstáculo para su reclamo de obtención/renovación de la licencia de conducir; impuso las costas a la Municipalidad y reservó regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto a la defensa de falta de legitimación pasiva, cabe destacar que un planteo idéntico ya ha sido debidamente analizado y rechazado por esta Sala en el precedente 'Caraque, Rubén Darío vs. Municipalidad de Concepción s/ Amparo', sentencia N°363 del 06/05/2025, expediente N°209/24. Allí se estableció con claridad que, aun en el marco de un sistema nacional de emisión de licencias, la Municipalidad conserva competencia material y formal como autoridad local de contacto y ejecución del trámite, siendo la única en condiciones de brindar una respuesta administrativa concreta al ciudadano que requiere el servicio. ... El órgano local debe erigirse en un contacto de solución y no en uno de mero trámite que impida la posibilidad de brindar una respuesta válida".
"De tal modo que, más allá de las manifestaciones efectuadas por la demandada, no se advierte que frente a lo mostrado por el actor como una situación diferenciada, se haya obrado de acuerdo a lo regulado por el marco normativo general que habilita la actuación municipal. Es que, en la hipótesis planteada por la accionada, cualquier discusión formal como la señalada por el ciudadano debe ser entablada en extraña jurisdicción (vgr., orden federal y/o frente a un órgano nacional), por renovación de una autorización administrativa que depende de hecho en la tramitación por el ente local cercano al ciudadano."
"La exigencia de libre deuda de infracciones extrajurisdiccionales, sin acto administrativo formal que fundamenta su aplicación al caso concreto, deviene en un proceder carente de razonabilidad, motivación y sustento normativo suficiente, especialmente cuando: las multas informadas carecen de individualización suficiente (no constan dominios); se registran en su mayoría en CABA (fuera de la jurisdicción municipal) y no consta que se haya posibilitado al administrado mecanismo de defensa o impugnación previa."
"En suma, la conducta ilegítima por parte del Municipio a tenor de la acción que aquí se impetra (art. 50 del CPC), se configura con una cerrada posición jurídica que se desentendió de toda respuesta válida al actor, que posibilite superar dificultades puntuales ... Por ello, es procedente hacer lugar a la acción de amparo promovida en autos por Luis Alberto Gómez contra la Municipalidad de Concepción, declarando el derecho del actor a que el accionar u omisión estatal municipal no se erija en un obstáculo para su reclamo y se le faciliten o acerquen los medios adecuados para discutir por medios eficaces frente la negativa al otorgamiento de su licencia de conducir."
¿Cómo votaron los jueces?
El dispositivo final del Tribunal (firmado por los vocales Sergio Gandur, Ebe López Piossek y María Del Pilar Domingo de Prada) resolvió en acuerdo; no se consignan disidencias en el bloque resolutorio.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.