JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MARTINEZ JULIO ALBERTO Y OTRO c/ SOLORZANO JUAN CARLOS Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra los conductores y sus aseguradoras, reclamando indemnizaciones y costas. La Cámara de Apelaciones anuló parcialmente la regulación de honorarios y fijó nueva base regulatoria y nueva regulación de honorarios, revocando los puntos V y VI de la sentencia de primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
41/22
Danos y perjuicios Accidente de transito Regulacion de honorarios Base regulatoria Nulidad de oficio Art. 801 cpc Indemnizacion Interes judicial Costas Camara de apelaciones tucuman.

¿Quién es el actor?

Julio Alberto Martínez y Maximiliano Jesús Medina (apoderado: Dr. Miguel Rubén Mender).

¿A quién se demanda?

Juan Carlos Zolorzano; Jorge Eduardo Mercado; aseguradoras Caja de Seguros S.A. y Río Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 11/11/2019; rubros diversos (incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos de rehabilitación, gastos médicos, daños materiales, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la nulidad de oficio de la sentencia de primera instancia (por violar la estructura esencial del procedimiento) respecto de la base regulatoria y la regulación de honorarios; revocó y dictó en sustitución una nueva base regulatoria ($21.071.045 al 25/10/2024) y nueva regulación de honorarios para los profesionales intervinientes; impuso costas por su orden y reguló honorarios de segunda instancia a la Dra. María Cristina López Ávila ($538.346,39) y no reguló al Dr. Landívar por lo considerado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo manifestado, le asiste razón a la recurrente al considerar errónea la base regulatoria. Por ello, el agravio debe ser receptado. En consecuencia, corresponde anular la sentencia n° 196 de fecha 15/10/2024 respecto de la base regulatoria y los honorarios regulados, por violar la estructura esencial del procedimiento, en aplicación del art. 801 del Código procesal (Ley 95316), en tanto otorga al Tribunal la facultad consagrada en el tercer párrafo del art. 225 procesal."

"A los fines de otorgar claridad al camino que se toma para arribar a los montos regulados, en primera medida expondremos la base regulatoria; la cual se fija en la suma de $21.071.045 al 25/10/2024 (fecha de regulación de 1ª instancia), que surge del siguiente cálculo: $423.335 (por daño de carácter objetivo); monto al cual deben añadirse los correspondientes intereses a tasa activa para operaciones de descuento a 30 días del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha del hecho (11/11/2019) hasta la fecha del cálculo de la regulación de 1ª instancia (25/10/2024), el que asciende al monto de $1.754.850,26. A ello sumado la suma total de $19.316.195, por los rubros de carácter subjetivo ..., con su correspondiente aplicación de intereses conforme lo dispuesto en la sentencia."

"En consecuencia, corresponde revocar la sentencia n° 196 del 15/10/2024 dictada por la Sra. Juez en lo Civil y Comercial Común Única Nominación del Centro Judicial de Monteros, en sus ptos. V y VI; dictándose en sustitutiva: 'V- FIJAR LA BASE REGULATORIA en la suma de $21.071.045. VI REGULAR HONORARIOS por el proceso ordinario de daños y perjuicios: Por el proceso principal, a los letrados Miguel Rubén Mender la suma de $4.572.416,76, Francisco Javier Landivar la suma de $4.572.416,76, Raúl Eugenio Tejerizo la suma de $1.469.705,39, María Cristina López Ávila la suma de $1.469.705,39 y al Ing. Pablo Daniel Impellizere la suma de $674.273,44.'; atento lo considerado."

(No hubo votos en disidencia; la Dra. María Cecilia Menéndez votó en idéntico sentido.)

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