DORAO PABLO JAVIER c/ PAEZ MARIA BELEN s/ DESALOJO
El actor promovió demanda de desalojo contra el ocupante por ejercerse la posesión a título de dueño mediante boleto de compraventa. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando la nulidad invocada y estimando probada la legitimación activa del actor y la legitimación pasiva del recurrente por valoración integral de la prueba y la certificación de firmas del boleto.
¿Quién es el actor?
Pablo Javier Dorao.
¿A quién se demanda?
Francisco Andrés Acuña (ocupante) y se mencionó a María Belén Páez respecto de notificación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble (restitución de la posesión) por parte de quien invoca título (boleto de compraventa y poder para escriturar).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación del ocupante y se confirmó la sentencia de fecha 13/03/2025 que hizo lugar a la demanda de desalojo; costas al recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones relevantes (textos literales del fallo):
"En suma, en el proceso no aparecen vicios de rito que pudieran llevar a determinar la invalidación de la sentencia. En el marco de este recurso no corresponde evaluar los aciertos del razonamiento del juzgador ni la envergadura de los fundamentos jurídicos dados, ya que para la validez de la resolución como acto procesal basta con que el razonamiento exista, permitiendo a las partes manifestar su disenso con el mismo y demostrar los equívocos del juzgador para así revertir con sus agravios la decisión. Por todo ello, se rechaza el recurso de nulidad deducido por el demandado."
"La verdad material del análisis realizado, otorga convicción de que el Sr. Acuña no es poseedor del inmueble, y ello no puede ser pasado por alto, sino que constituye un elemento trascendente para confirmar la hipótesis del actor. A su vez, el Sr. Acuña alegó un derecho a la posesión, pero tal situación no sólo no surge prima facie acreditada, sino que va en franca contradicción a sus manifestaciones anteriores. Esta contradicción, es un notable aporte a la convicción de que el cuestionamiento a la legitimación del actor es un mero ardid para postergar la restitución de la cosa."
"RESOLVEMOS: I.- NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el ocupante FRANCISCO ANDRÉS ACUÑA en contra de la sentencia de fecha 13 de marzo de 2025, la que se confirma en cuanto fuera materia de agravios. II.- COSTAS al recurrente vencido. III.- RESERVAR honorarios para su oportunidad. HÁGASE SABER."
Criterios principales aplicados:
Rechazo del planteo de nulidad por falta de interés del recurrente y porque el apelante sí pudo actuar en el proceso (comparecer, contestar demanda, ofrecer pruebas).
Aceptación de la validez probatoria del boleto de compraventa con certificación de firmas y del poder para escriturar; corresponde al apelante intentar la redargución de falsedad si pretendía cuestionarlos.
Valoración de testimonios que, en conjunto, acreditan la posesión del actor; se destacó que el apelante en la diligencia de notificación se reconoció inquilino (contradicción invocada bajo la doctrina de los actos propios) y falta verosimilitud en su alegada posesión.
Examen integral de legitimación activa y pasiva conforme jurisprudencia local: con boleto certificado y pruebas de posesión la acción de desalojo procede.
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