JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CORREA HECTOR RICARDO c/ PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ PROCESOS DE CONSUMO

El actor promovió demanda de consumo contra Plan Rombo S.A. y Renault Argentina S.A. solicitando la entrega de un vehículo y medidas cautelares por haber pagado las 84 cuotas del plan de ahorro. La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia de grado y dictó sustituta ordenando la entrega del vehículo sin exigir el pago previo y total de eventuales diferencias cautelares, hasta tanto se resuelva el fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
549/25
Consumo Plan de ahorro Medida cautelar innovativa Entrega de vehiculo Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Prenda Diferencias cautelares Adjudicacion Tutela del consumidor

¿Quién es el actor?

Héctor Ricardo Correa.

¿A quién se demanda?

Plan Rombo S.A. de Ahorros para Fines Determinados y Renault Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento del contrato con entrega del vehículo (Logan Life 1.6) tras haber abonado las 84 cuotas del plan; daños y perjuicios (piden $2.000.000 por daño moral y $10.000.000 por daño punitivo); y medida cautelar innovativa que ordene la entrega del vehículo sin exigir pago de "diferimientos" derivados de una medida cautelar dictada en otra causa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación y se dictó sentencia sustituta ordenando a las demandadas que, dentro de los diez (10) días de quedar firme la sentencia y si están cumplidas las condiciones de adjudicación, entreguen el vehículo correspondiente al grupo y orden N° G8WF025-F sin exigir el cumplimiento previo y total de eventuales diferencias por la medida cautelar, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. No se pronuncia sobre costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):

"La presente demanda se dirige contra Plan Rombo S.A. de Ahorros para Fines Determinados y Renault Argentina S.A., con las siguientes pretensiones: a) el cumplimiento del contrato con la entrega del vehículo Logan Life 1.6, en razón de haber abonado las 84 cuotas del plan suscripto, y sin tener que abonar previamente los montos de 'diferimientos', por no ser determinados ni exigibles; b) la condena a las demandadas a abonar la suma de $2.000.000 en concepto de daño moral y $10.000.000 en concepto de daño punitivo."

"De la documentación referida surge acreditado, al menos en esta instancia inicial y con fuerza de verosimilitud, que el actor adhirió a un contrato de plan de ahorro con la demandada para la adquisición de un automóvil, que resultó adjudicado por sorteo, que abonó las cuotas del plan, por lo cual estaría prima facie en condiciones de recibir el vehículo. Tales elementos resultan suficientes, en esta instancia liminar, para tener por demostrada la verosimilitud del derecho invocado, en grado suficiente en orden a formar convicción en el tribunal."

"Supeditar la entrega de la unidad a la cancelación del saldo surgido como consecuencia de la vigencia de la medida cautelar colisiona con los principios señalados que protegen al consumidor, al perseguir el pago anticipado y total de ese saldo sin arbitrar un plan en cuotas complementarias acorde a la normativa vigente. Cabe tener en cuenta, al respecto, que el fallo del 12/03/2021 dictado en el marco de la causa 'Defensor del Pueblo de Tucumán c/Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y otros s/sumarísimo', expte. N° 2702/19, dispuso que en caso de existir diferencias con motivo del levantamiento de la medida precautoria, se abonarán 'una vez finalizado el plan de ahorro', en el entendimiento de que 'resultaría manifiestamente inequitativo imponer a los consumidores que las sumas cauteladas fueran exigibles en su totalidad en forma inmediata, pues ello implicaría ocasionar un perjuicio grave a sus intereses y derechos, agravando la situación existente con anterioridad a la acción promovida por la Defensoría del Pueblo de Tucumán'."

Además, la parte resolutiva final del tribunal establece textualmente:

"HACER LUGAR al recurso de apelación ... que se revoca. En consecuencia, DICTAR SUSTITUTIVA en el siguiente sentido: 'HACER LUGAR a la medida cautelar solicitada por Héctor Ricardo Correa. En consecuencia, ORDENAR a las demandadas Plan Rombo S.A. ... y Renault Argentina S.A. que dentro de los DIEZ (10) días de quedar firme esta sentencia, en la medida en que se encuentren cumplidas las condiciones de adjudicación y sin exigir el cumplimiento previo y total de eventuales diferencias por la medida cautelar, hacer entrega a la actora del vehículo objeto del plan de ahorro suscripto, correspondiente a la solicitud de adhesión correspondiente a grupo y orden N°G8WF025-F, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.'"

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (dos miembros del Tribunal), conforme art. 23 bis LOT; la decisión del Tribunal que figura en el bloque dispositivo final es la que manda.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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