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Tribunal Superior

PAEZ CARLOS ADAN c/ CITYTECH S.A. Y PREVENCION ART SA s/ COBRO DE PESOS

El actor demandó por cobro de pesos e indemnización por daño laboral derivado de condiciones de trabajo en un call center. La Corte hizo lugar al recurso de casación de la demandada, declaró la sentencia apelada arbitraria por defectos de motivación y la casó parcialmente, dejando sin efecto pronunciamientos sobre admisión de la apelación, costas y honorarios y ordenando el reenvío a la Cámara para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1791/16
Responsabilidad objetiva Call center Valoracion probatoria Prueba testimonial Arbitrariedad de sentencia Motivacion Casacion Metricas laborales Indemnizacion Reenvio a camara

¿Quién es el actor?

Carlos Adán Páez (DNI 32.459.210).

¿A quién se demanda?

Citytech S.A. (y Prevención ART SA en subsiguiente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación integral del daño por condiciones laborales en call center y, subsidiariamente, indemnización bajo la LRT; se pidió indemnización por incapacidad y perjuicios derivados del ambiente laboral estresante y presiones por métricas.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso de casación interpuesto por Citytech S.A., casó parcialmente la sentencia de la Sala VI de la Cámara de Apelación del Trabajo de fecha 11/9/2024 (especialmente el punto resolutivo I en cuanto dispuso hacer lugar a la demanda contra Citytech S.A., y dejó sin efecto los puntos resolutivos II y III sobre costas y honorarios), y reenvió el expediente a la Cámara para que dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de la instancia extraordinaria al orden causado y se reservó pronunciamiento sobre honorarios profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

(Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, en lenguaje original del tribunal)

"La sola lectura de las constancias de autos revela que los fundamentos dados por la Cámara al valorar la prueba testimonial carecen de idoneidad para fundar lo decidido de acuerdo a los términos en que se trabó la litis, particularmente en relación con las modalidades y circunstancias de ejecución de las tareas desempeñadas por el actor denunciadas en la demanda. Ello es así por cuanto se observa que ninguno de los testigos dijo que las métricas que debían cumplir se contradecían ni que el control era extremo ni refirieron a vigilancia o dominación en la ejecución de las tareas. Tampoco expresaron que el trabajo era estresante o agobiante o que los premios o bonos que la empleadora otorgaba actuaran como una fuente constante de presión, como afirmó el Tribunal. Surge así que la Cámara no desarrolló un razonamiento pormenorizado, acabado y circunstanciado de las declaraciones de los testigos del actor y sin confrontarlos con los hechos alegados por el actor en la demanda."

"Por todo lo expresado cabe concluir que la decisión de la Cámara relativa a la responsabilidad civil del empleador no cuenta con fundamentos suficientes desde que no se sustenta en una valoración razonable de la plataforma fáctica de la causa de acuerdo a los términos en que se trabó la litis. Al decidir así, el fallo impugnado incumplió con el deber de motivación que le imponen los arts. 18 de la Constitución Nacional y 30 de la Constitución de la Provincia de Tucumán y 127, 136, 212 y 217 del CPCyC a los que remite el art. 46 del CPL. Tal déficit del fallo determina su descalificación como acto jurisdiccional válido a la luz de la doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad de sentencia."

"En consecuencia, y sin que ello implique pronunciamiento alguno sobre la responsabilidad civil del empleador, corresponde hacer lugar al recurso incoado por la parte demandada, dejando sin efecto parcialmente la sentencia impugnada, punto resolutivo I -solo en cuanto hace lugar al recurso de apelación de la actora y dispone, sustitutivamente, hacer lugar a la demanda en contra de Citytech S.A.; impone las costas y regula los honorarios por lo actuado en primera instancia- conforme a la siguiente doctrina legal: 'Es arbitraria y, por ende, nula la sentencia que carece de fundamentos suficientes como también la que realiza una ponderación irrazonable de la prueba testimonial'. En consecuencia, corresponde Dejar sin efecto también los puntos resolutivos II (costas) y III (honorarios) y Reenviar el expediente a la Cámara de Apelación del Trabajo para que, por la Sala que corresponda, dicte en lo pertinente nuevo pronunciamiento."

(Citas textuales relevantes incluidas en extractos anteriores:

"ninguno de los testigos dijo que las métricas ... se contradecían"

"fue incumplido el deber de motivación ... arts. 18 CN ... 127, 136, 212 y 217 del CPCyC"

"Es arbitraria y, por ende, nula la sentencia que carece de fundamentos suficientes ...")

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia adoptada por unanimidad (doctores Sbdar, Rodríguez Campos y Leiva, votaron en idéntico sentido).

Montos y fechas relevantes: Sentencia de Cámara del 11/9/2024; condena originaria a Citytech SA por $7.515.046,94 y a Prevención ART SA por $1.511.616,24; sentencia de primera instancia n.º 586 del 18/8/2022; número de actuaciones 1791/16; sentencia de la Corte n.º 625 del 26/05/2025.

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