JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MARTINEZ ENZO MAXIMILIANO RAMON c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORROS PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARIO (RESIDUAL)

El actor demandó por reintegros, restituciones y daños derivados de un contrato de ahorro previo por la adquisición de un vehículo. La Cámara rechazó el recurso del actor y hizo lugar parcialmente al de la demandada, dejando sin efecto la condena por honorarios de administración, daño moral y daño punitivo por no comprobarse los presupuestos que las justificaran.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1692/21
Ahorro previo Mandato Deber de informacion Art. 53 ldc Honorarios de administracion Dano moral Dano punitivo Valor movil Incumplimiento contractual Costas

¿Quién es el actor?

Enzo Maximiliano Ramón Martínez.

¿A quién se demanda?

Volkswagen S.A. de Ahorros para Fines Determinados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro por sobreprecios en gastos de entrega; devolución de sumas cobradas por honorarios de administración y otros rubros de naturaleza remunerativa; indemnización por daño punitivo y daño moral; cumplimiento forzoso del contrato / conversión de la deuda en obligación dineraria; publicación de la sentencia, entre otros.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación del actor y se hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; en consecuencia se dejó sin efecto la condena por restitución de los rubros de naturaleza remunerativa (honorarios por administración), así como la condena por daño moral y daño punitivo. Se confirmaron en lo demás las decisiones de grado favorables al actor (p. ej. reintegro por sobreprecios en gastos de entrega y devolución de ciertos cargos, según lo mantenido en la sentencia de grado en lo pertinente).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por las razones señaladas, se rechaza la queja." (sobre el agravio relativo al deber de información y a otros puntos en que se confirma el fallo de grado respecto de ciertas restituciones).

"En este punto habré de disentir con el criterio observado en la sentencia de grado, por las razones que expongo a continuación. ... Por lo tanto, no se verifica que la administradora se haya desentendido de una circunstancia sobreviniente y extraordinaria que le impusiera la obligación de dar aviso al actor en los términos del artículo 1324, inciso b) del CCCN, en cuyo mérito el presente agravio se admite." (análisis sobre la doctrina de la imprevisión y no aplicación del deber de aviso por suponer la inflación como riesgo inherente).

"Con relación al agravio referido a la restitución de los honorarios por administración del plan, por incumplimiento de los deberes del mandatario, propongo su admisión y la consiguiente revocación de la decisión sobre el punto." (admisión del agravio de la demandada y revocación de la condena por honorarios).

"Las conclusiones precedentes conducen, a hacer lugar al recurso interpuesto por la demandada, en lo que respecta a la procedencia de la acción resarcitoria. ... Así también, ello priva de sustento a la multa impuesta -el daño punitivo-, por no concurrir los presupuestos legales que habilitan su imposición." (fundamento para dejar sin efecto daño moral y punitivo).

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue tomada por mayoría (dos votos coincidentes: vocales Álvaro Zamorano y Laura A. David). No hubo disidencia plasmada en la parte resolutiva.

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