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Cámara de Apelaciones

GEREZ MYRIAM MABEL Y OTRA c/ BARRAZA NELIDA ANGELA s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Las actrices demandaron por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito del 28/03/2019. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó parcialmente a la conductora del auto y a la aseguradora, fijando una indemnización total de $4.030.000 más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1245/19
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Inversion de la carga de la prueba Semaforo Giro a la izquierda Aseguradora Art. 1757 cccn Art. 56 ley 17.418 Dano moral Indemnizacion $4.030.000

¿Quién es el actor?

Myriam Mabel Gerez y María Azucena del Valle Díaz.

¿A quién se demanda?

Nélida Ángela Barraza y Liderar Compañía de Seguros S.A. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 28/03/2019 (colisión entre motocicleta y automóvil).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, dejando sin efecto la sentencia de fecha 22/06/2024 y, en sustitución, condenando solidariamente a la conductora y a la aseguradora a pagar $4.030.000 en el plazo de diez días, con intereses; costas en proporción 90% a cargo de la demandada y 10% a cargo de la actora; y reserva de regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La revisión de la sentencia de grado revela una aplicación errónea del régimen probatorio, al invertir la carga de la prueba y no exigir a la parte demandada la acreditación de los extremos que alegó para eximirse de responsabilidad."

"Es un principio consolidado en nuestro ordenamiento jurídico que el presente caso, un accidente de tránsito protagonizado por dos vehículos en movimiento, se encuentra regido por las disposiciones de los arts. 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN). Esta normativa establece un régimen de responsabilidad objetiva derivado del riesgo o vicio de las cosas. ... Una vez que la víctima ha cumplido con esta carga probatoria, la ley traslada el peso de la prueba de manera íntegra a la parte demandada."

"Asiste razón a las quejosas cuando afirman que el juez transformó en hecho no cuestionado la declaración del demandado de que el semáforo estaba en verde, sin que existiera ninguna prueba que lo corroborara."

Asimismo, respecto de la aseguradora: "no obstante estar notificada del siniestro, la aseguradora no se pronunció acerca del derecho del asegurado dentro de los treinta días de recibida la información del art. 46 de la ley 17.418... al no haber invocado esa situación luego de transcurrido el plazo previsto en el art. 56 ... y ante su silencio, debe rechazarse la defensa intentada. Por lo expuesto, corresponde extender la responsabilidad atribuida a la demandada a la aseguradora Liderar Cía de Seguros, que deberá responder en los límites de la póliza contratada (art. 118 LS)."

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre la Sra. Vocal Marcela F. Ruiz (preopinante) y el Sr. Vocal Álvaro Zamorano, quienes votaron a favor de revocar la sentencia de grado en los términos consignados; su voto conjunto constituye la decisión del Tribunal.

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