LUNA RAFAEL ANTONIO Y OTROS c/ CAJA DE SEGUROS S.A. s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)
Los actores demandaron a Caja de Seguros S.A. por incumplimiento contractual y violaciones a la Ley de Defensa del Consumidor reclamando daño moral y daño punitivo. La Cámara confirmó la procedencia del daño punitivo y modificó la cuantía imponiendo para cada actor el equivalente a 1 canasta básica total para el hogar 3, con intereses y costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
Rafael Antonio Luna y otros seis actores.
¿A quién se demanda?
Caja de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad por incumplimiento del contrato de seguro colectivo; daño moral y aplicación de daño punitivo (multa civil) por violaciones a la Ley de Defensa del Consumidor y al deber de información y trato digno.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada respecto de la procedencia del daño punitivo; se hizo lugar al recurso de apelación de los actores únicamente en cuanto a la cuantía del daño punitivo, fijando la multa en el equivalente a 1 canasta básica total para el hogar 3 por cada actor, con intereses y costas a cargo de la demandada. Se dejó sin efecto la regulación de honorarios de grado para recalcularlos conforme a los nuevos montos. Sentencia dictada por dos vocales con coincidencia de votos; no hay disidencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 52 bis de la LDC dispone que al proveedor que no cumpla sus obligaciones legales o contractuales con el consumidor, a instancia del damnificado, el juez podrá aplicar una multa civil a favor del consumidor, la que se graduará en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, independientemente de otras indemnizaciones que correspondan. Debe examinarse en cada caso la concurrencia de requisitos tanto objetivos como subjetivos. Con esto se quiere significar que no basta con el mero incumplimiento legal o contractual para que sean aplicables los daños punitivos o multa civil por actos desaprensivos, sino que se requiere además la concurrencia de otros requisitos objetivos y subjetivos (CCCC Sala I, Sentencia 332 del 05/08/2015)."
"En este marco, se establece el monto de condena por multa civil a cargo de la demandada y a favor de los actores en la suma de dinero equivalente a 1 canasta básica total para el hogar 3 (cf. art. 47 LDC, modificado por ley 27.701), conforme valor vigente al tiempo de su efectivo pago, para cada uno de ellos. Con mas un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual para descuento a 30 días del banco de la nación argentina, a partir del décimo primer día posterior a la notificación de la sentencia de primera instancia que impuso la sanción y hasta su efectivo pago. La suma resultante deberá ser abonada dentro de los diez días de quedar firme el presente pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
El Sr. Vocal Dr. Álvaro Zamorano votó por rechazar el recurso de la demandada en cuanto a procedencia y por hacer lugar al recurso de los actores en cuanto a la cuantía, con las consecuencias de costas y regulación de honorarios. La Dra. Laura A. David adhirió al voto preopinante. No hubieron votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 27.701Presupuesto administracion nacional
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