SALVATIERRA CESAR ADOLFO c/ AVILA LAHR HECTOR GERMAN s/ PROCESOS DE CONSUMO
El actor demandó por la sustracción de una bicicleta ocurrida en la caja de su camioneta mientras el vehículo se hallaba en un estacionamiento vinculado a un centro comercial. La Cámara rechazó la apelación del garajista y confirmó la responsabilidad objetiva del estacionamiento bajo normas de protección al consumidor y/o depósito necesario, imponiendo costas al apelante.
¿Quién es el actor?
Salvatierra César Adolfo (actor).
¿A quién se demanda?
Avila Lahr Héctor Germán (titular/administrador del "Estacionamiento Aconquija").
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños por la sustracción de una bicicleta que se hallaba en la caja de la camioneta dejada en guarda en la playa de estacionamiento.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación deducido por el demandado; se confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda (responsabilidad del estacionamiento), se impusieron las costas al apelante y se reservó regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El detenido y completo examen de las constancias de la causa y de la prueba producida, incluidas las versiones proporcionadas por las partes, permite constatar que no se encuentra controvertido que el día 30/05/2023 en horas de la mañana (aproximadamente a hs 09:00) el actor ingresó al 'Estacionamiento Aconquija'... con una camioneta Amarok... en cuya caja estaban cargadas dos bicicletas. Coinciden también las partes... que cuando el aquí actor quiso retirar su vehículo, se encontró con que en la caja estaba cargada una sola de las bicicletas; como, asimismo (y ello surge de los videos de seguridad adjuntados, y de los dichos y testimonios en la audiencia de vista de la causa), que una persona desconocida ingresó al estacionamiento, levantó una de las bicicletas, y se la llevó a cuestas hasta un taxi estacionado afuera, donde la cargó."
"Lo primero que cabe señalar, es que el caso traído a estudio ha sido adecuadamente resuelto por el a quo mediante su subsunción en las normas de protección del consumidor, en particular el concepto amplio de relación de consumo de raíz constitucional y receptado también en el estatuto especial... Por consiguiente, la firma demandada debe responder por el daño sufrido por la actora en razón de la sustracción de los elementos que se hallaban dentro del auto, pues no ha cumplido con su obligación de brindar un servicio adecuado, eficiente y seguro, por tratarse de un vínculo de consumo en los términos de la Ley 24.240."
"En efecto, las normas del depósito necesario no resultan útiles para liberar de responsabilidad al demandada en el presente caso... el art. 1375 CCCN establece que las normas del depósito necesario se aplican a las playas de estacionamiento... 'La eximente prevista en la última frase del artículo 1371 ... no rige para los garajes, lugares y playas de estacionamiento que prestan sus servicios a título oneroso'. ... La gratuidad del estacionamiento no exime de responsabilidad al establecimiento en tanto dicho servicio adicional de guarda no es ofrecido en forma desinteresada sino para su propio beneficio..."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue dictada por mayoría (dos votos coincidentes: Dra. María del Pilar Amenábar —voto preopinante— y Dr. Benjamín Moisá, que adhirió). No hubo disidencia que modifique el dispositivo.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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