CHAILE CLAUDIO ANDRES c/ NAGLE S.R.L. Y OTRA s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió recurso de apelación contra la sentencia que tuvo por cumplido el punto III de la sentencia definitiva relativo a entrega de documentación laboral y fijación de astreintes. La Cámara hizo lugar a la apelación, declaró que la demandada no cumplió con lo ordenado, aprobó la planilla provisoria de astreintes por $1.640.000 y reservó el pronunciamiento sobre honorarios.
¿Quién es el actor?
Chaile Claudio Andrés (parte actora).
¿A quién se demanda?
Nagle S.R.L. y Nagle Oscar Ernesto y Nagle Jorge Esteban Sociedad de Hecho (demandadas).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos; ejecución del punto III de sentencia definitiva de fecha 29.07.22 relativo a la entrega de documentación laboral prevista por el art. 80 LCT y liquidación/aplicación de astreintes por incumplimiento.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación del actor, se revocó la parte de la sentencia de fecha 26.03.25 que había tenido por cumplido el punto III de la sentencia definitiva y se aprobó la planilla provisoria de astreintes por el período 26.09.2024 a 06.02.2025 por la suma de $1.640.000. Costas impuestas a la demandada; honorarios reservados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De lo anterior resulta que se encontraría cuestionada la temporalidad de las observaciones efectuadas por el actor a dicha documentación."
"Por todo lo expuesto, le asiste razón al apelante en que no se encuentra debidamente cumplido el punto III de la Sentencia definitiva por cuanto la documentación entregada por la demandada no se encuentra completa ni incorpora las características de la relación laboral declaras en la sentencia definitiva."
"En consecuencia, ordeno aprobar las astreintes 'provisorias' calculadas por la actora en su presentación de fecha 06.02.25 por el periodo comprendido entre el 26.09.24 y el 06.02.25 (164 días corridos) y que asciende a la suma de $1.640.000 (pesos un millón seiscientos cuarenta mil). Así lo declaro."
Adicionalmente, la resolución definitiva contiene el bloque dispositivo que dispone textualmente:
"I).- HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la actora ... I) TÉNGASE por no cumplido por la demandada con lo ordenado en el punto III de la Sentencia definitiva del 29.07.22, por lo considerado. II) APROBAR la planilla provisoria de astreintes (calculadas desde 26.09.2024 hasta el 06.02.25 inclusive) por la suma de $1.640.000 (pesos un millón seiscientos cuarenta mil), conforme a lo considerado. III) COSTAS: como se consideran. IV) HONORARIOS: reservar pronunciamiento.'"
¿Cómo votaron los jueces?
Voto preopinante del Vocal Adrián M. Díaz Critelli (fundamentado) y voto conforme de la Vocal María del Carmen Domínguez; acuerdo por mayoría (2 votos).
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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