JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BRITO NELSON MAXIMILIANO c/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S.A.U. s/ CONTRATO ORDINARIO

El actor promovió demanda de daños y perjuicios por un crédito prendario indexado por UVA tras incumplimiento en el pago de cuotas. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia por entender que el actor estaba en mora previa y que existían mecanismos contractuales para mitigar el desajuste.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2946/19
Credito prendario uva Imprevision Incumplimiento Mora Deber de informacion Consumidor Readecuacion contractual Art. 1088 cccn Costas Sentencia confirmada

¿Quién es el actor?

Nelson Maximiliano Brito.

¿A quién se demanda?

INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S.A.U.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda de daños y perjuicios y pedido de readecuación/resolución del contrato de crédito prendario indexado por UVA por supuesta alteración extraordinaria de las circunstancias y falta de información.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirmó íntegramente la sentencia del 19/03/2024 que había desestimado la demanda y absuelto a la entidad demandada. Se impusieron costas y se ordenó su regulación de honorarios oportunamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original del Tribunal):

"La sentencia 19/03/2024 desestima la demanda de daños y perjuicios interpuesta por Nelson Brito en contra de INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S.A.U. En consecuencia, se absuelve de la presente demanda a la accionada INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S.A.U."

"Es crucial determinar la procedencia de la revisión contractual invocada por el actor.

La doctrina y jurisprudencia son contestes en establecer que para ejercer la facultad resolutoria, el contratante que la invoca no debe haber incumplido sus obligaciones. El Código Civil y Comercial de la Nación, en su art. 1088 inc. c) y art. 1078 inc. c), es claro al disponer que quien pretende la extinción del contrato no debe encontrarse en situación de incumplimiento.

El argumento central, refiere a que de las propias manifestaciones del Sr. Nelson Brito y de la prueba documental, surge que el actor se encontraba en claro incumplimiento de sus obligaciones de pago con anterioridad y de forma simultánea a los hechos que denuncia como incumplimiento de la demandada. Concretamente, la última cuota abonada por el actor data de noviembre de 2017, mientras que su imposibilidad de pago se alega a partir de julio de 2018. El Juez de primera instancia constató que el Sr. Brito se encontraba en mora automática desde la primera cuota, abonada fuera de término, y que esta situación persistió hasta la cuota N° 7.

En este contexto, la pretensión de revisión y readecuación del contrato por parte del Sr. Brito resulta improcedente, pues la facultad resolutoria sólo puede ser ejercida por el contratante que no ha incumplido o no está en situación de cumplir. La tutela preventiva del art.1032 del CCCN tampoco resulta aplicable, ya que la suspensión del propio cumplimiento requiere una fundada y objetiva seguridad de que la otra parte no podrá cumplir, lo cual no se configuró en el caso."

"En cuanto al deber de información, pilar fundamental del Derecho del Consumidor (art. 4 Ley N° 24.240 y 42 CN), este Tribunal reconoce su importancia para garantizar una decisión informada del consumidor. Sin embargo, su alcance debe analizarse en las particularidades de cada caso y bajo el principio de buena fe que rige a ambos contratantes (art. 9 CCCN)."

(No hubo votos en disidencia; la Vocal Dra. Marcela Fabiana Ruiz adhirió al voto preopinante.)

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.