ROMANO SILVIA TERESA c/ DALLA FONTANA NILDA GRACIELA Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La letrada Nilda G. Dalla Fontana promovió ejecución por honorarios regulados en sentencia de fecha 26/10/2018. El Tribunal ordenó la ejecución por la suma de $164.000 con más intereses a la tasa activa del Banco Nación desde la mora y costas a la parte ejecutada.
¿Quién es el actor?
La letrada Nilda Graciela Dalla Fontana, por derecho propio, en carácter de ejecutante.
¿A quién se demanda?
Romano Silvia Teresa (parte actora originaria, aquí ejecutada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios regulados en la sentencia de fecha 26/10/2018 por la suma de $164.000, más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución de honorarios contra Romano Silvia Teresa hasta que la ejecutante se haga acreedora del íntegro pago por $164.000; el capital devengará interés a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de la mora hasta su efectivo pago. Se impusieron costas a la parte ejecutada y se reservaron pronunciamientos sobre regulación de honorarios para su oportunidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A fs. 593 la letrada Nilda Graciela Dalla Fontana, por derecho propio, inicia ejecución por los honorarios regulados en la presente causa, conforme sentencia de fecha 26/10/2018 (fs. 568), contra la parte actora, Romano Silvia Teresa, condenada en costas.
Intimada y citada de remate (fs. 599), la ejecutada ha dejado vencer el término legal sin oponer excepciones legítimas, por lo que corresponde, sin más trámite, dictar sentencia de trance y remate, ordenándose llevar adelante la ejecución de honorarios seguida por la letrada Nilda Graciela Dalla Fontana, con costas."
"A su vez, cabe resaltar que en atención a la especial naturaleza del crédito ejecutado -que funciona como la remuneración al trabajo personal del profesional (conf. art. 1º de la Ley Nº 5.480), el mismo reviste carácter alimentario (conf. CSJT, sentencia Nº 361 del 21/5/2012) por lo que, como principio, corresponde que el capital reclamado devengue intereses calculados con la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento de documentos, desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. A la luz de ello, y sin que en la especie se observen elementos que justifiquen una solución diferente, corresponde la aplicación de la tasa de interés mencionada."
Bloque dispositivo final:
"I.- ORDENAR se lleve adelante la presente ejecución de honorarios seguida por la letrada Nilda Graciela Dalla Fontana, por derecho propio, contra la parte actora, Romano Silvia Teresa, hasta hacerse a la ejecutante acreedora, íntegro pago por la suma de $164.000 (pesos ciento sesenta y cuatro mil) en concepto de honorarios regulados en sentencia de fecha 26/10/2018 (fs. 568 y vta.). El capital devengará el interés de la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuento de documentos desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago.
II.- COSTAS, a la parte ejecutada.
III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."
¿Cómo votaron los jueces?
El fallo obra firmado por los miembros del Tribunal sin votos de disidencia consignados; el bloque dispositivo es la resolución mayoritaria.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.