PONTI HORACIO ALBERTO C/ ARIAS FERREYRA JUANA MATILDE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - RECURSO DE QUEJA.-
El actor promovió Recurso de Queja por denegación de Recurso de Inconstitucionalidad en causa de daños y perjuicios. El Superior Tribunal hizo lugar a la queja y concedió la apertura del Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, ordenando que el recurrente exprese agravios y que se remita el expediente principal.
¿Quién es el actor?
Ponti, Horacio Alberto (actor).
¿A quién se demanda?
Arias Ferreyra Juana Matilde y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios; en esta instancia se cuestionó la denegatoria del Recurso de Inconstitucionalidad local.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al Recurso de Queja. El Superior Tribunal concedió el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, ordenó poner los autos a la Oficina por diez días para que el recurrente exprese agravios y ofició al tribunal de origen para que remita el expediente principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a fs. sub. 31/32 vta. dictamina el Sr. Procurador General, opinando que el Recurso de Queja intentado es procedente, por las razones que expone, que se comparten y se dan por reproducidas en orden a la brevedad."
"Al respecto se debe destacar que, en relación a la arbitrariedad acusada, éste Superior Tribunal, ante la suficiencia y verosimilitud de los agravios esgrimidos, al igual que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en casos excepcionales ha concedido la apertura del Recurso de Inconstitucionalidad, en atención a causales no regladas de arbitrariedad de sentencia y con el fin de mantener la supremacía de las normas constitucionales (Cfr. STJSL ... entre otros)."
"Que por lo expuesto, resulta a 'prima facie' admisible y procedente el estudio del recurso promovido, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva.
Por ello y conforme lo dictaminado por el Sr. Procurador General,
SE RESUELVE: I) Hacer lugar al Recurso de Queja planteado, concediendo el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad, sin perjuicio de lo que se resuelva en oportunidad de la Sentencia Definitiva. II) Poner los autos a la Oficina por el término de diez días para que el recurrente exprese agravios. III) Ofíciese al Tribunal de origen a fin de que remita el expediente principal.. REGISTRESE y NOTIFIQUESE.-"
¿Cómo votaron los jueces?
Resolución firmada digitalmente por los Dres. Omar Esteban Uria, Horacio G. Zavala Rodriguez, Lilia Ana Novillo, Oscar Eduardo Gatica y Florencio Damián Rubio (no consta disidencia).
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