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Tribunal Superior

VERA EDGAR DOMINGO C/ BAYTON S.A.- S/ DEMANDA LABORAL- S/ RECURSO DE QUEJA.-

Se planteó excusación de la Sra. Ministro Dra. Lilia Ana Novillo por la participación de su hija en la causa laboral. El Superior Tribunal aceptó la excusación conforme al Art. 17 inc. 1° del C.P.C. y C., disponiendo el registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 254210/13
Excusacion Recusacion Art. 17 inc. 1? C.p.c. y c. Apartamiento Superior tribunal de justicia Causa laboral Recurso de queja Participacion de pariente Notificacion

¿Quién es el actor?

Vera, Edgar Domingo (actor de la causa laboral originaria).

¿A quién se demanda?

Bayton S.A. (demandado en la causa laboral originaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de autos caratulados “VERA, EDGAR DOMINGO c/ BAYTON S.A. s/ DEMANDA LABORAL - RECURSO DE QUEJA” (Expte. Nº 08-V-13).

¿Qué se resolvió?

Se aceptó la excusación formulada por la Sra. Ministro del Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO, por hallarse comprendida en la causal prevista en el Art. 17 inc. 1° del C.P.C. y C.; se ordenó registrar y notificar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que a fs. sub. 86 la Sra. Ministro del Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO, en razón de haber tenido participación en las presentes actuaciones su hija Dra. Ana Gabriela Baretto, se excusa de entender en la presente causa, por encontrarse comprendido en las causales previstas en el Art. 17, inc. 1 del C.P.C.C.

2) En mérito a lo manifestado, constancias de autos, y participación de la Dra. Ana Gabriela Baretto, (fs. sub.51/sub 53 vta.) procede admitir el apartamiento solicitado, toda vez que ha quedado configurada la previsión legal de la normativa invocada.

Por ello, SE RESUELVE: Aceptar la excusación formulada por la Sra. Ministro del Superior Tribunal, Dra. LILIA ANA NOVILLO (Art. 17 inc. 1° del C.P.C. y C.). REGISTRESE y NOTIFIQUESE."

(Textos transcritos tal como aparecen en la resolución. No constan votos en disidencia.)

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