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Tribunal Superior

DEPETRIS SILVANA RITA c/ MURGA CARLOS EDUARDO Y OTROS s/ DAñOS Y PERJUICIOS

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un daño médico reclamando incapacidad sobreviniente, lucro cesante y daño moral. La Corte casó parcialmente la sentencia de apelación y dejó sin efecto únicamente el monto condenado por incapacidad sobreviniente por deficiencias de fundamentación, ordenando remitir la causa para un nuevo pronunciamiento conforme a pautas técnicas y jurisprudenciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3273/18
Incapacidad sobreviniente Casacion Danos y perjuicios Indemnizacion Formulas de renta capitalizada (mendez) Deber de motivacion Autocontradiccion Remision para nuevo calculo Dano medico Intereses.

¿Quién es el actor?

Silvana Rita Depetris.

¿A quién se demanda?

Carlos Eduardo Murga y otros; entre ellos Sanatorio Parque S.A. y TPC Compañía de Seguros S.A. (codemandados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por hechos de mala praxis / daño médico: incapacidad sobreviniente, lucro cesante, gastos terapéuticos y médicos futuros, y daño moral.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió parcialmente el recurso de casación interpuesto por Sanatorio Parque S.A., casó parcialmente la sentencia de la Cámara sólo en cuanto al monto fijado por “incapacidad sobreviniente” (punto resolutivo II.a) y remitió la causa a la Cámara en Documentos y Locaciones para que, por la Sala que corresponda, reexamine y efectúe un nuevo pronunciamiento sobre el grado de incapacidad y un nuevo cálculo del rubro conforme a las pautas fijadas en la sentencia. Se hicieron asimismo las costas de la instancia de casación por el orden causado y se devolvió el depósito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"VI.- Por todo lo expuesto, corresponde HACER LUGAR PARCIALMENTE, con devolución del depósito, al recurso de casación incoado por Sanatorio Parque S.A. contra la sentencia Nº: 283 del 27 de septiembre de 2024 dictada por la Excma. Cámara en Documentos y Locaciones, Sala II, del Centro Judicial Capital; y, por ende, CASAR PARCIALMENTE dicho acto jurisdiccional dejando sin efecto únicamente el monto de condena fijado en concepto de 'incapacidad sobreviniente', consignado en el punto resolutivo II (punto sustitutivo II.a), y por lógica consecuencia, el punto resolutivo 'Costas' solo en cuanto a la distribución de los causídicos generados por el recurso de apelación de la actora contenida en el mismo; conforme a la doctrina legal enunciada en el considerando.

REMITIR la causa a la Excma. Cámara en Documentos y Locaciones a fin de que, por la Sala que corresponda, se pronuncie nuevamente sobre el grado de incapacidad de la Dra. Depetris y efectúe un nuevo cálculo del rubro 'incapacidad sobreviniente' de conformidad a las pautas sentadas en esta sentencia."

"Es arbitraria por infringir el deber de adecuada motivación, y por ende nula, la sentencia que incurre en autocontradicción."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada por los tres Vocales de la Sala (doctores Eleonora Rodríguez Campos, Claudia Beatriz Sbdar y Daniel Leiva). La dra. Sbdar adhirió al voto preopinante con excepción del apartado V.4.8; sin embargo el acuerdo final resolvió en los términos consignados en el texto resolutivo.

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