RUIZ OSCAR ANSELMO c/ PONS MARIA ELENA Y OTROS s/ NULIDAD. INCIDENTE DE EMBARGO POR HONORARIOS
El actor impugnó en casación la negativa de la Cámara a declarar la caducidad de embargos preventivos y la prescripción de la acción para pedir regulación de honorarios derivados de un pacto de cuota litis. La Corte declaró inadmisible y mal concedido el recurso por falta de definitividad e insuficiencia de la crítica casatoria, rechazando así el planteo y condenando en costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Oscar Anselmo Ruiz (recurrente en casación).
¿A quién se demanda?
Pons María Elena y otros (partes del expediente principal); el letrado Eduardo Manuel Mattos actúa como embargante en el incidente de honorarios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de embargo por honorarios vinculado a un pacto de cuota litis; planteos de caducidad de las medidas cautelares y prescripción del derecho del letrado a solicitar regulación de honorarios; impugnación en casación de la sentencia de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Común de fecha 10/9/2024 que rechazó esos planteos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación interpuesto por Ruiz contra la sentencia de fecha 10/9/2024; costas a la recurrente; reserva de pronunciamiento sobre regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"5.- Efectuando el reexamen de admisibilidad que corresponde a este Alto Tribunal, se advierte que la articulación en análisis, no obstante su interposición en término, el cumplimiento de los recaudos formales de la Acordada N° 1498/18 y la acreditación del pago del depósito de ley, es inadmisible por no satisfacer la finalidad técnica de la vía, al carecer de “una crítica razonada y fundada de los argumentos vertidos en la sentencia impugnada”, revelándose las alegaciones del escrito recursivo, insuficientes para fundar el error jurídico o la arbitrariedad en la valoración de las constancias de la causa que se achaca a la sentencia en embate."
"5.3- Adicionalmente a lo hasta aquí expuesto, corresponde puntualizar, a mayor abundamiento, que la sentencia objeto de recurso no reviste carácter definitivo ni equiparable tal, como tampoco ocasiona un gravamen de imposible reparación ulterior. El rechazo del planteo de caducidad de las precautorias decide una cuestión incidental que, además de no poner fin a la controversia, se enmarca en un proceso de naturaleza provisional, que no causa estado."
"Por las mismas razones, tampoco se configura en la especie un supuesto de gravedad institucional, que trascienda el interés de las partes en litigio, más allá de la mera invocación que al respecto formula el recurrente, ya que la solución decidida en la sentencia en pugna se encuentra cimentada en las particularidades de la causa, teniendo en consideración las específicas posiciones que en el caso concreto sostuvieran los litigantes."
"6.- Las costas de la instancia casatoria se imponen al recurrente vencido por ser ley expresa (art. 61, CPCyC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los votos de los Vocales Estofán y Leiva adhieren a la inadmisibilidad; la Vocal Sbdar comparte el dictamen del Ministerio Público Fiscal y propone idéntico fallo; el bloque dispositivo final declara inadmisible el recurso y dispone costas al recurrente.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.