IBAÑEZ CRISTIAN GABRIEL c/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ PROCESOS DE CONSUMO
El actor promovió medida cautelar de embargo preventivo en un proceso de consumo contra la concesionaria y la administradora del plan de ahorro. La Cámara rechazó el recurso subsidiario y confirmó la resolución de primera instancia por ausencia de verosimilitud y de peligro en la demora que justifiquen la medida excepcional.
¿Quién es el actor?
Cristian Gabriel Ibáñez.
¿A quién se demanda?
PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS y AG NAUM S.A. (ex León Alperovich Group S.A.) — codemandada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
En el marco de un proceso de consumo, se solicitó una medida cautelar de embargo preventivo contra la codemandada AG NAUM S.A. por presunto incumplimiento contractual y posible reorganización patrimonial.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación subsidiario del actor contra la sentencia interlocutoria de fecha 06/02/2025 que había rechazado el embargo preventivo; la sentencia de grado fue confirmada. Se impusieron las costas como se consideró (a cargo del actor pero eximido de pago conforme art. 481 CPCC). Se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme lo establece el art. 280 de nuestro código procesal, la procedencia de las medidas cautelares en general, y del embargo preventivo en particular, se encuentra subordinada a la concurrencia de dos presupuestos básicos e interrelacionado: la verosimilitud del derecho invocado (fumus bonis iuris) y el peligro en la demora (periculum in mora)."
"a) Verosimilitud del derecho: En lo que respecta a este recaudo, la Sra. Jueza de grado ha razonado correctamente la presunción del art. 291 inc. 1 del CPCCT. Dicha norma establece una presunción iuris tantum sobre la concurrencia de los requisitos cautelares cuando el demandado 'estuviere en rebeldía'. Sin embargo, tal como consta en autos, si bien la codemandada AG NAUM S.A. no contestó la demanda en término, su posterior apersonamiento en el proceso tuvo como efecto el cese de dicha rebeldía, conforme lo dispone el art. 269 del CPCCT. En consecuencia, al desaparecer la situación fáctica que habilitaba la presunción, el peticionante de la medida pierde el beneficio probatorio y recae sobre él la carga de acreditar por otros medios los extremos exigidos por la ley."
"b) Peligro en la demora. ... El apelante funda el periculum in mora en el cambio de razón social de la demandada y en su conducta procesal. No obstante, el cambio de denominación social de una empresa (sin siquiera un cambio de CUIT) no constituye, por sí solo, una evidencia de insolvencia o de maniobra fraudulenta para eludir responsabilidades. Para que ello configure un indicio de riesgo patrimonial, debe estar acompañado de otros elementos de juicio -inexistentes en autos- que demuestren dificultades económicas o un intento de ocultar o disminuir su patrimonio."
"c) Principio protectorio. Finalmente, si bien el presente caso se enmarca en el régimen tuitivo del derecho del consumidor, que impone la interpretación más favorable a este en caso de duda, no exime al peticionante de la carga de acreditar los presupuestos mínimos de admisibilidad de una medida de carácter excepcional y provisorio como es el embargo preventivo."
Costas y honorarios: "atento al trámite inaudita parte de la medida cautelar, y que el presente recurso se resuelve sin contradictorio, corresponde que sean a cargo del actor. No obstante, en atención al art. 481 CPCC, corresponde eximirlo de su pago." Regulació n de honorarios diferida.
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante; no se registran disidencias en el bloque resolutivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.