JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

NADEF GERMAN JOSE c/ DIRECTV S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El letrado actor apeló la regulación de honorarios por su actuación en un juicio de daños y perjuicios. La Cámara hizo lugar a la apelación y modificó la liquidación, aumentando los honorarios del 13% al 16% más el 55%, fijándolos en $13.719.806,18.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2287/22
Honorarios Regulacion Apelacion Art. 38 ley arancelaria Art. 15 la Porcentaje 16% Incremento 55% Juicio por danos y perjuicios Ley n? 5.480 Costas (art. 30)

¿Quién es el actor?

Germán José Nadef (letrado actor por derecho propio).

¿A quién se demanda?

DIRECTV S.A. (en el pleito principal por daños y perjuicios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

En esta instancia se impugna la regulación de honorarios practicada en la sentencia de primera instancia; el apelante considera bajos sus emolumentos y cuestiona el porcentaje aplicado (13%).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación del letrado Nadef y se modificaron los honorarios fijados en primera instancia, pasando a $13.719.806,18, con costas no impuestas al recurrente por aplicación del art. 30 Ley Nº 5.480.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, realizando una valoración completa y equilibrada de la totalidad de los elementos previstos en la ley arancelaria, y sobre la base determinada en primera instancia -$55.321.799,12-, resulta más ajustado aplicar el porcentaje del 16% dispuesto por el art. 38 LA en el caso de las actuaciones del proceso principal, con más el 55% por el carácter en el que actuó.

La fijación de los emolumentos del letrado Nadef resultan de las siguientes operaciones matemáticas:

Base Regulatoria: $55.321.799,12.

Honorarios proceso principal:

Letrado Germán José Nadef -abogado por derecho propio-:

$55.321.799,12 x 16% (art. 38 LA) = $8.851.487,85 + 55% = $13.719.806,18 (pesos trece millones setecientos diecinueve mil ochocientos seis con 18/100 ctvos)."

"III. Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de apelación del letrado Germán José Nadef; en consecuencia se fija sus emolumentos a la fecha de regulación de primera instancia (05/08/2025) en la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 18/100 CTVOS ($13.719.806,18)."

Se incluye también el dispositivo que contiene la decisión final:

"I.- HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la letrado GERMÁN JOSÉ NADEF contra el apartado I) a) de la sentencia de fecha 05 de agosto de 2025.

II.- MODIFICAR los honorarios regulados al letrado GERMÁN JOSÉ NADEF por las actuaciones cumplidas en la etapa principal, los que se fijan a la fecha de regulación de primera instancia (05/08/2025) en la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 18/100 CTVOS ($13.719.806,18)."

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