JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LOS HERMANOS S.R.L. c/ CUMBRES NEVADAS S.R.L. s/ RESOLUCION DE CONTRATO / INCUMPLIMIENTO

La actora Los Hermanos S.R.L. apeló la resolución por presunto incumplimiento contractual. La Cámara declaró mal concedido el recurso por inadmisibilidad al no haberse contestado el traslado previo (art. 191 CPCCT), confirmando la imposibilidad de revisar la resolución de la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4131/20
Recurso de apelacion Inadmisibilidad Art. 191 cpcct Traslado Inapelabilidad Declaracion de mal concedido Costas Resolucion de contrato Incumplimiento Camara en documentos y locaciones Sala iii.

¿Quién es el actor?

LOS HERMANOS S.R.L.

¿A quién se demanda?

CUMBRES NEVADAS S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resolución de contrato / incumplimiento.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por LOS HERMANOS S.R.L. contra la sentencia de fecha 03/07/2025 y condenó en costas a la actora, por haber omitido contestar el traslado conferido oportunamente, lo que torna inapelable la resolución para la parte que no contestó.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La resolución que se dictase, previa vista o traslado, será inapelable para la parte que no los haya contestado." (art. 191 del CPC y C.)

"De ello se colige que la resolución dictada resultaba inapelable para quien recurre, pues no contestó el traslado corrido a su parte, conforme lo dispone el art. 191 del CPC y C al señalar que, 'La resolución que se dictase, previa vista o traslado, será inapelable para la parte que no los haya contestado'."

"Por lo que cabe concluir sin mayores esfuerzos, que el recurso que se trata ha sido mal concedido por la Sra. Jueza a quo, lo que así se declarará, con costas a la firma recurrente (art.62 CPC y C.)."

Además, el tribunal reiteró doctrina y precedentes locales que justifican la inapelabilidad por falta de contestación del traslado, por entender que la omisión evidencia desinterés y afecta la economía procesal: "La finalidad de esta norma es, precisamente, sancionar con la imposibilidad de revisión de la resolución, en una instancia superior, al agraviado que no ha contestado, oportunamente, el traslado, que se le ha conferido para que ejerza su legítimo derecho de defensa".

(No constan votos en disidencia.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.