JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

MORENO ZANTOS MAURICIO RAFAEL c/ SILVA ROBERTO ANGEL Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por un accidente de tránsito ocurrido el 17/05/2023. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de grado y, en sustitución, rechazó la demanda por entender que no quedó acreditada la participación del vehículo imputado en el siniestro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4552/23
Responsabilidad civil Accidente de transito Prueba del hecho danoso Carga de la prueba Revocatoria Costas Automovil dominio fxp-014 Rechazo de demanda Aseguradora Art. 302 cpcc

¿Quién es el actor?

Sr. Mauricio Moreno Szanto.

¿A quién se demanda?

Sr. Roberto Silva y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada (aseguradora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 17/05/2023 en Av. Francisco de Aguirre, que según el actor fue provocado por una colisión posterior del vehículo dominio FXP-014.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por los demandados; se revocó la sentencia de primera instancia y, en sustitución, se rechazó la demanda. Se impusieron las costas a cargo de la parte actora; honorarios reservados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (textos tomados del fallo, lenguaje original):

"Discrepo con las consideraciones del Sr. Juez aquo. Ponderando los antecedentes de la causa no se ve demostrado el acaecimiento del siniestro que sirve de sustento a la acción judicial promovida. El actor no arrimó elemento de prueba idóneo para tener por probado que efectivamente el automóvil cuya titularidad atribuye a la demandada bajo el dominio FXP-014 haya tenido intervención en el accidente, menos aún que se tratare del vehículo embistente; todo lo cual converge para desestimar la presente acción."

"Es que de la compulsa minuciosa de las constancias de autos, no se advierte referencia concreta a algún elemento de prueba que se muestre idóneo en orden a justificar razonablemente el hecho sustento de la acción, lo que era a cargo del actor (cfr. art. 302 CPCC)."

"Por lo tanto, asiste razón al recurrente en cuanto expresa que la falta de evidencia de la producción del hecho dañoso que sitúe al vehículo del demandado dominio FXP-014, en las circunstancias de tiempo y lugar denunciados por el actor, definitivamente obsta al progreso de la pretensión resarcitoria. La denuncia policial del 18/05/2023 y la denuncia del siniestro ante su aseguradora (Finisterre SA) son manifestaciones unilaterales del actor, insuficientes para colocar a los automóviles mencionados en las circunstancias de hecho y lugar descriptas."

(Se incorporan además los fundamentos de la Sala que citan doctrina y precedentes sobre la carga de la prueba y la exigencia de acreditar el hecho dañoso aun en supuestos de responsabilidad por la cosa).

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia; dos vocales (preopinante y segundo vocal) coincidieron en la solución adoptada y el acuerdo se firmó en ese sentido.

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