BANCO MACRO SOCIEDAD ANONIMA c/ WILTE MATILDE AGOSTINA s/ PROCESOS SUMARIOS (RESIDUAL)
Conflicto negativo de competencia entre Juzgados respecto de autos caratulados “Banco Macro S.A. vs. Wilte Matilde Agostina s/ Procesos Sumarios (Residual)”. La Corte declaró la competencia del Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de la IIª Nominación, al considerar que no resulta aplicable la excepción del último párrafo del art. 71 inc. 3 de la LOT porque la pretensión ejecutiva importa la abstracción de la relación causal subyacente.
¿Quién es el actor?
Banco Macro Sociedad Anónima.
¿A quién se demanda?
Wilte Matilde Agostina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso sumario residual de carácter ejecutivo (acción con pretensión ejecutiva), tramitado en autos indicados; el planteo que vino a la Corte fue un conflicto negativo de competencia entre Juzgados (Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de la IIª Nominación vs. Juzgado en lo Civil y Comercial Común de la VIIIª Nominación).
¿Qué se resolvió?
Declarar la competencia del Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de la IIª Nominación para continuar entendiendo en la causa y protocolizar el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 18/08/2025.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La reseña y los antecedentes del caso, así como el conflicto a ser resuelto, fue objeto de adecuado tratamiento por el dictamen del señor Ministro Fiscal del 18/08/2025, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales remite por razones de brevedad para declarar la competencia del Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones, por considerar que no resulta aplicable al caso la excepción contemplada en el último párrafo del art. 71 inc. 3 de la LOT (Ley 6.238), toda vez que de los términos de la demanda surge que la pretensión ejecutiva del accionante importa la abstracción de la relación causal subyacente que vinculó a las partes."
"Consecuentemente, corresponde declarar la competencia del Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la IIª Nominación para continuar entendiendo en los presentes actuados."
Bloque resolutorio:
"I.- DECLARAR la competencia del Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de la IIª Nominación para continuar entendiendo en la presente causa.
II.- DISPONER que se protocolice a la presenten sentencia el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 18/08/2025."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.