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Tribunal Superior

PAPA JUAN MATEO c/ GONZALEZ PATRICIO MARTIN NAHUEL Y OTROS s/ AMPARO

Se discute la competencia para entender en un amparo promovido por Papa Juan Mateo contra González Patricio Martín Nahuel y otros. La Corte declaró la competencia del Juzgado de Paz de Colalao del Valle, remitiendo su decisión al dictamen del Ministerio Público Fiscal del 12/9/2025.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
17/25
Amparo Competencia Juzgado de paz de colalao del valle Ministerio publico fiscal Lopj art. 81 inc.15 Asignacion de competencia Jurisdiccion Medida incidental Decision interlocutoria.

¿Quién es el actor?

Papa Juan Mateo.

¿A quién se demanda?

González Patricio Martín Nahuel y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (tutela de derechos) — en el episodio analizado la cuestión principal es determinar el órgano jurisdiccional competente para entender en la causa.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia del Juzgado de Paz de Colalao del Valle para entender en el proceso de referencia y se ordenó protocolizar el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 12/9/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1. Vienen los autos a conocimiento y resolución de esta Corte a los fines de determinar la competencia para entender en la presente causa.

2. La cuestión a resolver ha sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal de fecha 12/9/2025, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite, en honor a la brevedad.

Por lo expuesto y en virtud de lo dispuesto por el artículo 81 inc. 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial n° 6.238 y modificatorias (LOPJ), corresponde asignar la competencia en estos autos, al Juzgado de Paz de Colalao del Valle, para entender en el proceso de referencia.

Por ello, encontrándose en uso de licencia el señor Vocal doctor Daniel Oscar Posse y compartiendo lo dictaminado por el señor Ministro Fiscal, se

RESUELVE:

DECLARAR la competencia del Juzgado de Paz de Colalao del Valle, para entender en el proceso de referencia. DISPONER que se protocolice el dictamen del Ministro Público Fiscal de fecha 12/9/2025 adjunto a la presente sentencia.

HÁGASE SABER."

(No constan votos en disidencia en el texto suministrado.)

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