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Cámara de Apelaciones

NUÑEZ HECTOR FRANCISCO c/ PEREZ HECTOR DANIEL Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial, incluyendo incapacidad sobreviniente, gastos médicos, privación de uso y daño moral. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia reduciendo el monto por incapacidad sobreviniente a $15.968.673,17 y confirmó los demás rubros, aplicando la fórmula de renta capitalizada con tasa de descuento del 8%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
5383/21
Danos y perjuicios Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Renta capitalizada Tasa de descuento 8% Salario minimo vital y movil Gasto medico Privacion de uso Dano moral Costas de alzada

¿Quién es el actor?

Núñez Héctor Francisco (actor).

¿A quién se demanda?

Pérez Héctor Daniel y la aseguradora citada en garantía San Cristóbal SMSG.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito — daño material a la moto, gastos de movilidad y privación de uso, gastos médicos, incapacidad sobreviniente y daño moral.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido por la parte demandada y aseguradora; se modificó únicamente la cuantía de la incapacidad sobreviniente, que quedó fijada en $15.968.673,17 a la fecha de la sentencia de Cámara; en lo demás se desestimó el recurso; costas de Alzada 85% a la parte demandada y 15% a la actora; se reservaron honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El agravio que objeta el modo de cálculo y cuantificación de la partida indemnizatoria de la incapacidad sobreviniente, será receptado.

...

Efectuados los cálculos correspondientes, con la fórmula de la renta capitalizada, que emplea una tasa de desagio de descuento del 8%, se arriba a la suma de $ 15.968.673,17, estimados a la fecha de la presente sentencia de Cámara."

"Lo expuesto conduce a receptar el agravio del apelante sobre el punto con el alcance expuesto, y modificar el monto indemnizatorio de la incapacidad sobreviniente que se fija teniendo en cuenta una expectativa de vida de 72 años (aspecto firme del fallo), el SMVM vigente al fecha de la sentencia de primera instancia, y una tasa de descuento del 8%, el monto total de $ 15.968.673,17 que se estima a la presente sentencia, la que devengará a partir de los diez días de su dictado intereses calculados con tasa activa del BNA hasta el efectivo pago."

(Se incluye además constancia del acuerdo y votos:)

"La presente sentencia es dictada por dos miembros del Tribunal por existir coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (art. 23 bis de la LOT, texto incorporado por la Ley Nº 8.481)."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo disidencia; los dos votos que integran la sentencia acordaron en igual sentido (preopinante y segundo votante).

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