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Cámara de Apelaciones

ELIAS LUIS MARIO c/ PROVINCIA A.R.T. s/ INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO

El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo contra Provincia A.R.T. La Cámara de Apelaciones del Trabajo concedió el recurso de casación interpuesto por la demandada y elevó la causa a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán para su tratamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1184/22
Recurso de casacion Indemnizacion por accidente de trabajo Provincia a.r.t. Arbitrariedad Admisibilidad Deposito afianzamiento $6.219.134 16 Art. 131 cpl Art. 133 cpl Elevacion a corte suprema de tucuman Valoracion de la prueba.

¿Quién es el actor?

ELIAS LUIS MARIO.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA A.R.T.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se concedió el recurso de casación interpuesto por la demandada y se elevó la causa a la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán para su tratamiento y resolución (sent. n°526, fecha 02/10/2025).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, mediante decreto de fecha 21/08/2025 se ordena el pase del recurso de casación a conocimiento y resolución del Tribunal; providencia que, notificada a las partes y firme, deja la causa en estado de ser resuelta, y"

"En vista de ello, surge del escrito recursivo que el mismo se sustenta en infracción normativa y arbitrariedad de la sentencia, lo cual hace procedente la admisibilidad del recurso extraordinario local en los términos del art. 131 inciso 1) del CPL."

"El artículo 133 del CPL establece que, cuando el recurso fuera interpuesto en contra de una sentencia condenatoria, el recurrente deberá depositar el monto condenado, u ofrecer en embargo bienes, aval bancario o fianza suficiente, disponiendo además que tal depósito, embargo o garantía debe ser ofrecido con el escrito de interposición del recurso, y concretarse dentro de los quince días siguientes.

En el caso concreto, la recurrente solicitó la apertura de una cuenta judicial a los fines de depositar el monto condenado por la suma total de $6.219.134,16, requisito este acreditado con la consulta de ordenes de pago adjuntada el 18/08/2025, en la cual el Banco Patagonia informa la transferencia del importe condenado a la cuenta judicial."

"De conformidad a lo considerado, encontrándose cumplidos los requisitos establecidos para la concesión del recurso intentado, corresponde declarar admisible el recurso interpuesto.

Elévese la presente causa a la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán a los fines de su tratamiento y resolución. Así lo declaro."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución expresa el voto de la Vocal preopinante María Beatriz Bisdorff y adhesión del Vocal Adolfo J. Castellanos Murga, quienes acuerdan conceder la casación y elevar la causa.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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