CLUB DE CAZA, PESCA Y DEPORTES NAUTICOS DEL PERSONAL DE LA UNT c/ LOPEZ ADOLFO s/ ESPECIALES (RESIDUAL).
El Club de Caza, Pesca y Deportes Náuticos de la UNT promovió acción para constituir servidumbre de paso sobre predio de Adolfo López para acceder al camino vecinal. El Juzgado hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa y no hizo lugar a la demanda por carecer la actora de título real sobre el inmueble; se impusieron costas a la actora.
¿Quién es el actor?
CLUB DE CAZA, PESCA Y DEPORTES NÁUTICOS DEL PERSONAL DE LA UNT, por su letrada apoderada Dra. Noelia Karina Díaz. (Demanda ingresada 04/05/2022).
¿A quién se demanda?
ADOLFO LÓPEZ, DNI 27.652.335.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Constitución de servidumbre de paso y medida cautelar de no innovar sobre camino existente en Padrón Inmobiliario Nº 99366 (predio del demandado) para acceder al predio que la actora detenta en tenencia precaria.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa propuesta por el demandado; no se hizo lugar a la demanda por constitución de servidumbre de paso; se impusieron costas a la actora; se reservó pronunciamiento sobre honorarios. Sentencia de fecha 09/10/2025, N° 683.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde hacer lugar a la excepción de falta de legitimación activa impetrada."
"Si bien la parte actora aduce que, con anterioridad, ya en fecha 18/04/2005, la Subsecretaría ... autorizó a la asociación civil a la realización de trabajos ... no acompañó dicha resolución ni expediente. ... Por lo que se tiene en consideración la resolución del año 2011 como la primera por la cual fue otorgada la guarda y custodia del inmueble, en el marco de la ley 3805; y que acredita el carácter de tenedora precaria de la accionante."
"Corresponde hacer notar que según el art. 1909 del C.C.C.N. hay posesión cuando una persona, por sí o por medio de otra, ejerce un poder de hecho sobre una cosa, comportándose como titular de un derecho real, lo sea o no. En cambio la tenencia, al igual que la posesión, requiere de la configuración del corpus, ... pero falta en aquélla el otro elemento de la posesión: el animus domini. ... Al ser tenedora (por cuanto reconoce la titularidad en el Superior Gobierno), resultaba fundamental que la parte actora acompañara alguna especie de autorización del titular dominial a los fines de la pretensión de su demanda, o que acreditara ser poseedora, lo que no aconteció en autos."
"En consecuencia, al ser tenedora precaria y no titular de un derecho real, al momento de iniciar la presente acción, y tampoco contar con autorización del titular dominial, corresponde hacer lugar a la excepción de falta de legitimación impetrada."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia; la resolución es unipersonal (proveyente Dr. Raúl E. Martín Tejerizo).
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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