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Cámara de Apelaciones

PAZ SERGIO FERNANDO Y OTRAS c/ SINDICATO DE VIALIDAD Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores reclamaron reparación por la muerte de su padre y daños y perjuicios contra varios demandados. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación: confirmó la condena contra Ale, confirmó lo demás, pero modificó las indemnizaciones fijando $300.000 por gastos de internación, $500.000 por sepelio y $2.000.000 por daño moral para cada actor, con actualización e intereses conforme se indica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4519/21
Danos y perjuicios Muerte Dano moral Gastos de internacion Gastos de sepelio Prescripcion liberatoria Legitimacion pasiva Actualizacion e intereses Concurrencia de obligaciones Camara civil tucuman

¿Quién es el actor?

Sergio Fernando Paz, Ana Beatriz Paz y María Rosa Paz.

¿A quién se demanda?

Moisés Ramón Luis Ale; Sergio Gustavo Tripolone; Dirección Provincial de Vialidad (DPV); Sindicato de Vialidad (SdV).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de la muerte de Ramón Fernando Paz ocurrida el 19/09/2007; se peticiona indemnización por gastos de internación, sepelio y daño moral, entre otros rubros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la parte actora y se modificó únicamente el acápite relativo a la cuantía indemnizatoria: se fijaron $300.000 por gastos de internación y $500.000 por gastos de sepelio (ambas sumas a la fecha de la sentencia de primera instancia) y se estableció para cada actor $2.000.000 por daño moral a la misma fecha; se ordenó la aplicación de intereses conforme a pautas y se confirmaron todos los demás pronunciamientos apelados (incluyendo la condena contra Ale y la declaración de falta de legitimación pasiva de Tripolone y la prescripción respecto de DPV y SdV). Se impusieron las costas de Alzada por su orden y se diferenció pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Extracto del dispositivo final (texto literal):

"I.- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto el 27/11/24 por la parte actora en contra de la sentencia definitiva dictada en estos autos el 11/11/24 y en consecuencia, se MODIFICA ÚNICAMENTE el acápite III° en cuanto la suma establecida a título de indemnización fijándose $300.000 por gastos de internación y $500.000 por gastos de sepelio, en ambos casos a la fecha de la sentencia de primera instancia; sobre las sumas por gastos de internación se aplicará una tasa pura del 8% anual desde la fecha del hecho ilícito (19/09/2007) hasta la del fallo de primera instancia y desde allí y hasta el efectivo pago, tasa activa Banco Nación; por las sumas en concepto de gastos de sepelio, igual tasa anual del 8% desde la fecha del fallecimiento (13/10/2007) hasta la fecha de la sentencia de primera instancia y desde allí y hasta el pago efectivo, se aplica tasa activa Banco Nación. Asimismo, se modifica el acápite en cuestión y se establece para cada actor una indemnización por daño moral de $2.000.000 a la fecha de la sentencia de primera instancia. Se confirma asimismo todo lo demás en cuanto fue materia de apelación y agravios."

2) Fundamento sobre prescripción y concurrencia de obligaciones (texto literal relevante):

"En el caso de autos, tenemos que en la referida causa penal N°28.597/2007 ... consta que quien efectuó formalmente la querella criminal es uno de los actores Sergio Fernando Paz ... no se constituyeron como querellantes los otros dos actores ... ni tampoco fueron querellados los otros dos codemandados en autos, la Dirección Provincial de Vialidad y el Sindicato de Vialidad ... De ello se sigue que cada obligado posee un régimen legal diferenciado frente al acreedor, y en concreto, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil, ni la suspensión ni la interrupción de la prescripción propagan sus efectos respecto de un coobligado en relación a los otros."

3) Fundamento sobre legitimación de Tripolone (texto literal relevante):

"El solo hecho de ser autor de un delito de naturaleza penal de mero peligro, sin consecuencias de tipo personal u orgánico para la víctima ... y si esa tentativa hubiera provocado, por ejemplo, alguna lesión corporal ... en ese caso sí habría obligación de resarcimiento, pero porque tal daño se concretó ... La participación de Tripolone en el caso consistió en una mera tentativa de homicidio, incapaz por sí misma de provocar ese resultado ... y por ende, hacer nacer su obligación de reparar el daño."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue dictada por dos miembros del Tribunal (Dres. Alberto Martín Acosta y Marcela F. Ruiz) con coincidencia de votos.

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