FRIAS EVA DORA Y OTROS c/ ELIAS JUAN JOSE Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Demandas por daños y perjuicios por accidente de tránsito por choque frontal y muerte de una ocupante; se reclamó indemnización contra el conductor y su aseguradora. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a las demandas, rechazó la exclusión de cobertura por ebriedad por extemporánea y declaró inoponibles los límites de póliza, extendiendo la responsabilidad al asegurador que podrá luego repetir contra su asegurado.
¿Quién es el actor?
Eva Dora Frías; Julio César Ruiz; Eduardo Martín Díaz por sí y en representación de su hijo menor Luca Díaz Ruiz; y Rosa Agustina Carrazana (en expediente acumulado).
¿A quién se demanda?
Juan José Elías y Paraná Sociedad Anónima de Seguros (citada en garantía); también fueron litisconsortes Ruiz, Frías y la Caja de Seguros en el expediente acumulado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 14/7/2018 (choque frontal) con fallecimiento de Emma Cinthya Giselle Ruiz Frías y lesiones a otros ocupantes. Reclamaron diversos rubros: daño emergente, incapacidad sobreviniente, pérdida de chance, daño moral y daño psicológico; en suma consignados en la sentencia de primera instancia y cantidades específicas (ver montos abajo).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Paraná Seguros; se confirmó la sentencia de primera instancia nº 182 de fecha 27/09/2024 que hizo lugar a las demandas y condenó a Juan José Elías y a Paraná S.A. de Seguros a abonar en forma indistinta o in solidum las distintas indemnizaciones fijadas (ej.: $15.927.240 a Eva Frías; $11.113.034 a Julio Ruiz; $6.405.691 a Eduardo Díaz por derecho propio y $36.773.418 por Luca Diaz Ruiz; $25.322.138 a Rosa Carrazana en el expediente acumulado), con intereses; se rechazó la declinación/exclusión de cobertura por ebriedad por extemporánea conforme art. 56 Ley 17.418; se declaró inoponible a las víctimas el límite de cobertura contractual y se autorizó a la aseguradora a repetir contra su asegurado. Se impusieron costas a la apelante y se regularon honorarios de alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De lo expuesto se colige que no se encuentra acreditada la medida en que el conductor ingirió alcohol o que ello fuera causal del siniestro.
Este tribunal -en distinta integración- se ha pronunciado en reiteradas oportunidades sobre este punto (cfr. sentencia n° 132 de fecha 13/06/2023 y sentencia nº 214 de fecha 16/09/2021, CCC Sala I Centro Judicial Concepción). Así se sostuvo que: “El estado de embriaguez -por sí mismo- no alcanza para fundar una atribución de responsabilidad. Es necesario acreditar, caso no operado en la especie, que la existencia de dicho estado ha sido causa adecuada del evento dañoso, o bien que hubiese agravado el resultado del accidente de tránsito ocurrido, según la graduación o cantidad de alcohol en el organismo, lo que no es posible de verificar al no contar en autos con un test de alcoholemia válido...”
Dicho esto, teniendo en cuenta que el apelante en su agravio pretendió que la sola presencia de alcohol opere per se -por sí misma- como causal del desencadenamiento del siniestro, y observando que en el expediente no se acreditó relación alguna entre dicha circunstancia y el desenlace vehicular, corresponde desestimar el agravio."
"Respecto al art. 56 la jurisprudencia tiene dicho que: “(...) la previsión, incluida en la póliza, consistente en que la ebriedad del conductor del vehículo asegurado no integraba el riesgo tomado a cargo por la aseguradora y constituía una cláusula de exclusión de la cobertura. (...) no obstante tal conceptualización, considero que tal hipótesis no escapa a la carga impuesta al asegurador de pronunciarse ‘acerca del derecho del asegurado’ en los términos previstos por el art. 56, Ley 17418 (...)”. ... El apelante no cuestionó a lo largo de su expresión de agravios el argumento central de la Sentenciante referido a la extemporaneidad del rechazo de la cobertura, refiriéndose solamente a la aplicación de los arts. 70 y 114 de la LS en reemplazo del art. 56 para de ésta manera intentar validar el incumplimiento de la carga impuesta por el art. 56 de la Ley de Seguros."
"Como bien lo sostuvo nuestra CSJT si bien el límite de cobertura constituye una cuestión esencial y subordinante de los demás elementos del seguro, también es cierto que al tiempo en que la compañía debe honrar sus compromisos asumidos el interés oportunamente asegurado luce sensiblemente reducido... Por ello en el supuesto de seguro obligatorio previsto por la Ley de Tránsito el límite de cobertura debe ser aquel fijado por la normativa vigente a la fecha de la liquidación judicial del daño - fecha de la sentencia de primera instancia-."
¿Cómo votaron los jueces?
voto de la Dra. María José Posse (preopinante) con fundamentos antes transcritos; Dra. Valeria Susana Castillo adhiere en idéntico sentido. Bloque dispositivo (acuerdo) resolutorio: "NO HACER LUGAR al recurso..."; por mayoría (2/2 en integración) se confirma la sentencia de primera instancia.
Montos/referencias temporales relevantes:
Sentencia de primera instancia (27/09/2024) y recurso de apelación interpuesto 14/10/2024; contestación de agravios 6/11/2024.
Indemnizaciones principales (resumen): Eva Frías $15.927.240; Julio C. Ruiz $11.113.034; Eduardo M. Díaz $6.405.691 (por derecho propio) y $36.773.418 (en representación de Luca Díaz Ruiz); Rosa Agustina Carrazana $25.322.138; otros rubros y cálculos detallados en la sentencia de origen.
Póliza N° 5.217.540: límites informados $400.000 (seguro obligatorio) y $6.000.000 (voluntario), cuestión que la Sala actualizó e inoponibilizó a las víctimas.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 17.418Seguros
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.