JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROMERO MARCELO PABLO Y OTRO c/ HSBC SEGUROS DE VIDA (ARGENTINA) S.A. s/ CONTRATO ORDINARIO”, EXPTE. N° 382/22.

El actor demandó por incumplimiento de póliza de seguro y pidió cobro de cobertura en dólares, daño moral y multa punitiva. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en la mayoría de sus rubros, pero modificó la cuantificación del daño punitivo fijándolo en $11.127.030 y aclaró la tasa aplicable a la condena en dólares.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
382/22
Contrato de seguro Consumidor Ley de defensa del consumidor Cobertura por enfermedades criticas Dano moral Multa punitiva Condena en dolares Tasa de interes Canastas basicas Costas

¿Quién es el actor?

Marcelo Pablo Romero (y otro).

¿A quién se demanda?

HSBC Seguros de Vida (Argentina) S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de cobertura por enfermedad crítica (u$s2.500), resarcimiento por daño moral ($1.700.000) y multa civil/daño punitivo (equivalente a canastas básicas), más intereses; se discute además legitimación de la beneficiaria y la moneda de pago.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó en lo sustancial la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda; se modificó parcialmente la condena por multa civil (daño punitivo), que quedó fijada en $11.127.030 a la fecha de la sentencia apelada, con intereses calculados con la tasa activa que fija el BNA desde que quede firme la sentencia o desde la mora; se aclaró que la “tasa pasiva más alta” aplicable a la condena de u$s2.500 es la que rija para depósitos en dólares. Se impusieron las costas de la Alzada a la demandada apelante y se reservó la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El vínculo entre las partes de autos, califica como una relación de consumo (art. 42 de la Constitución Nacional -en adelante CN-, arts. 1, 2 y 3 LDC, arts. 1092, 1093 y conc. CCCN), lo que torna aplicables las normas del microsistema protectorio de los consumidores y usuarios. El actor, Marcelo Pablo Romero, es consumidor, por ser una persona humana que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final (art. 1° LDC). La cobertura asegurativa lo tenía como destinatario final. Por su parte, HSBC Seguros de Vida S.A. es un proveedor de bienes y servicios asegurativos, y su actividad queda subsumida en las previsiones del artículo 2 de la LDC."

"En suma, la conclusión central de la sentencia, esto es que la aseguradora proveedora no logró demostrar que el tomador del seguro había sido informado debidamente de la vigencia y alcance de la exclusión de cobertura invocada por la demandada, cuenta con suficiente y adecuado sustento jurídico y respaldo en las constancias de la causa, y no ha sido objeto de una crítica concreta y razonada por el apelante, por lo que corresponde desestimar el recurso en este aspecto (art. 777 CPCC)."

"La multa no es una deuda de valor. Es una sanción pecuniaria que consiste en pagar una cantidad determinada de dinero. ... Consecuentemente, se establece que la sanción punitiva en el caso alcanza la suma de $11.127.030‬ equivalente a 10 canastas básicas total para el hogar tipo 3 a la fecha de la sentencia apelada. A su vez, y tratándose de una suma dineraria, corresponde adicionar intereses sobre la misma computados con la tasa activa del BNA; y no desde la fecha de la sentencia de primera instancia, sino desde que queda firme la sentencia que impone la condena en tal concepto, o en su caso, desde el vencimiento del plazo fijado para su cumplimiento, esto es, desde la mora..."

"El criterio del a quo resulta acertado, con la sólo aclaración de que 'la tasa pasiva más alta' que se ordena aplicar, es para depósitos en dólares, tal como lo estableciera el antecedente jurisprudencial que se cita."

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución fue unánime en el resultado (los Dres. Amenábar y Leone Cervera votaron en igual sentido; no consta disidencia).

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