PINTOS ANTONIO ELOY c/ BANCO MACRO S.A. s/ SUMARIO (RESIDUAL)
El actor promovió demanda por responsabilidad por supuesto fraude electrónico (phishing) y reclamó $200.000 contra Banco Macro S.A. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la pretensión al entender que no se acreditó el engaño ni falla de seguridad bancaria, atribuyendo el perjuicio a un error del propio cliente.
¿Quién es el actor?
Antonio Eloy Pintos.
¿A quién se demanda?
Banco Macro S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de consumo por debito/transferencia indebida por presunto fraude electrónico (phishing) por $200.000; se solicita responsabilidad del banco por incumplimiento del deber de seguridad y reposición de fondos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirmó la sentencia de fecha 07/05/2025 que había rechazado la demanda; se impusieron las costas de la instancia a la parte actora y se reservó pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuarto término, es menester valorar la prueba documental acompañada por la parte actora, consistente en las actas de las audiencias celebradas en la Dirección de Comercio Interior. Dicha prueba, si bien acredita la diligencia del consumidor en efectuar su reclamo y agotar la instancia administrativa previa, no tiene la virtualidad de modificar la solución propuesta en el presente caso. Las actuaciones administrativas, por su naturaleza, se limitan a dejar constancia de las posiciones de las partes y del resultado infructuoso de la instancia conciliatoria. Los dichos del Sr. Pintos en dichas audiencias, donde relata la existencia de una transferencia no autorizada, no constituyen un principio de prueba del hecho ilícito invocado (phishing), sino la mera exteriorización de su pretensión."
"Por todo lo expuesto, considero que el agravio formulado por la parte actora debe ser rechazado, al no haberse acreditado los presupuestos fácticos que configuran la modalidad de fraude electrónico conocida como phishing. La operación fue realizada utilizando las credenciales válidas del cliente, desde una ubicación habitual y sin que existieran alertas que ameritaran una intervención preventiva por parte de la entidad bancaria. En base a todo lo antes expuesto, la conclusión más adecuada y ajustada a las pruebas es que el Sr. Antonio Eloy Pintos, en pleno uso de sus facultades y control de sus herramientas de home banking, cometió un error y transfirió la suma de $200.000 a un destinatario equivocado."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue acordada por mayoría (dos votos coincidentes): voto de la Dra. María Dolores Leone Cervera (preopinante) y adhesión del Dr. Benjamín Moisá. No hay disidencias relevantes.
Fechas y montos relevantes: transferencia reclamada $200.000; intervención quirúrgica del actor: 13/06/2022; operación cuestionada y movimientos bancarios 21/06/2022 y 23/06/2022; sentencia de primera instancia 07/05/2025; apelación presentada 22/05/2025; sentencia de Cámara 21/10/2025.
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