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Tribunal Superior

THOMPSON MARIA LAURA c/ MENGUI ROXANA EVANGELINA Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó por daños y perjuicios por siniestro vial reclamando reparación integral del automotor; la Cámara de apelaciones reconoció la necesidad de computar presupuestos de mano de obra y repuestos y diferir la liquidación. La Corte declaró inadmisible el recurso de casación de la aseguradora por vicios formales y por intentar revisar cuestiones fácticas y puntos no impugnados en apelación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4129/22
Danos y perjuicios Accidente vial Reparacion de automotor Casacion inadmisible Revision de prueba vedada Congruencia Preclusion Presupuestos de taller y repuestos Costas Acordada 1498/18

¿Quién es el actor?

María Laura Thompson.

¿A quién se demanda?

Roxana Evangelina Mengui y Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por siniestro vial ocurrido el 08/07/2022, con reclamo por reparación material del vehículo y desvalorización.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la aseguradora y tuvo por incontestado el traslado conferido a la actora; impuso costas a la recurrente y reservó el pronunciamiento sobre honorarios. En la instancia de alzada la Cámara había hecho lugar parcialmente a la apelación de la actora, computando ambos presupuestos (taller y repuestos) y difiriendo la liquidación para cumplimiento de sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es que la función principal de este recurso, es asegurar la correcta aplicación del derecho por los tribunales inferiores y preservar la unidad de la jurisprudencia... La arbitrariedad no se configura por la mera discrepancia del recurrente con el criterio del juzgador, la valoración de la prueba o la interpretación de las normas aplicables. Es necesario que el apartamiento de las constancias de la causa o la interpretación legal sean groseros, ilógicos, caprichosos o carezcan de todo sustento."

"En la especie, la lectura del memorial casatorio pone en evidencia que los planteos de la recurrente remiten exclusivamente a los hechos y pruebas que integran la plataforma fáctica del caso y a su valoración por el Tribunal de mérito, materia cuyo tratamiento le está vedado a esta Corte... la casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba."

"La articulación en trato es también inadmisible por cuanto pretende la revisión de una cuestión que ha sido decidida por la sentencia de primera instancia y no fue materia de impugnación por vía de apelación, habiendo por ello quedado firme y precluido la posibilidad de cuestionarse en ulteriores instancias... Al no haber apelado la aseguradora la decisión de primera instancia, ha precluido su posibilidad de revivir el planteo mediante el recurso de casación..."

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad de los tres vocales (Estofán, Posse y Leiva). No existen votos en disidencia.

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