JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

VILLAGRA MANUEL JUAN PABLO c/ FORTUNATO FORTINO CIA. S.R.L. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió acción por daños y perjuicios contra una empresa comercial por la venta de un vehículo con defectos y reclamó daño moral y daño punitivo. La Corte Suprema de Justicia casó parcialmente la sentencia de alzada: declaró inadmisible el agravio relativo al monto del daño moral y, en cambio, hizo lugar al agravio sobre la motivación y cuantificación del daño punitivo, ordenando que la Cámara revea y fundamente la cuantía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3239/23
Danos y perjuicios Dano moral Dano punitivo Ley de defensa del consumidor Motivacion judicial Arbitrariedad Casacion Cuantificacion de la indemnizacion Consumidores Remision para nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Villagra Manuel Juan Pablo (parte actora).

¿A quién se demanda?

Fortunato Fortino Cía. S.R.L. (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de la adquisición de un vehículo con defectos persistentes; se reclamaron daño moral y daño punitivo (art. 52 bis LDC).

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró parcialmente inadmisible el recurso de casación respecto del agravio sobre la cuantificación del daño moral y rechazó su apertura; pero hizo lugar parcialmente al recurso respecto de la cuantificación y motivación del daño punitivo, casando la sentencia de la Cámara en ese extremo y remitiendo los autos para que el tribunal de origen dicte nuevo pronunciamiento debidamente motivado. Impuso las costas de la instancia de casación a la demandada, sin costas para el actor; reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre inadmisibilidad del agravio relativo al daño moral:

"Al respecto, esta Corte ha sostenido que la cuantificación del daño moral constituye una cuestión de hecho, ... que como principio, resulta ajena a su revisión en casación, salvo el supuesto de manifiesta arbitrariedad o absurdo... El agravio del actor se limita a discrepar con el criterio valorativo del tribunal, sin acreditar que la suma indemnizatoria establecida, por arbitraria o absurda."

"La sentencia no prescinde de los hechos ni se aparta de la normativa aplicable. Por el contrario, utiliza criterios de razonabilidad y prudencia judicial... la apertura del remedio intentado sólo luce justificada si el recurrente demuestra que el quantum indemnizatorio fijado por el tribunal de grado se exhibe como manifiestamente absurdo, arbitrario o apartado de la realidad."

Sobre procedencia de la casación por falta de motivación del daño punitivo:

"De la lectura integral de la sentencia impugnada se advierte que la Cámara... omitiendo efectuar la necesaria correlación entre tales postulados generales y las circunstancias concretas del caso que permitan justificar razonadamente el monto fijado... La motivación judicial no se satisface con la mera enunciación de principios ni con la transcripción de precedentes; requiere, para ser válida, que el juez exteriorice el razonamiento lógico y fáctico que vincula esos principios con el resultado alcanzado."

"En tales condiciones, la sentencia impugnada incurre en arbitrariedad por falta de fundamentación suficiente en la determinación del daño punitivo... Corresponde hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto, y CASAR PARCIALMENTE la sentencia impugnada en relación a la cuestión examinada en este punto... debiéndose REMITIR los autos al referido Tribunal, a fin de que ... dicte nuevo pronunciamiento en lo pertinente."

Resultado del acuerdo y pronunciamiento final:

"I.- DECLARAR PARCIALMENTE INADMISIBLE... II.- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de casación... y en consecuencia CASAR parcialmente la misma... debiéndose REMITIR los autos al referido Tribunal... II.- COSTAS, como se consideran. III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

Unanimidad de los vocales Estofán, Posse y Leiva; Estofán pronunció los fundamentos principales; Posse y Leiva adhirieron.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.