LEGUIZAMON DAIANA NATALIA c/ AEGIS ARGENTINA S.A s/ COBRO DE PESOS
La actora promovió demanda laboral por cobro de pesos por diferencias salariales por solapamiento y rubros indemnizatorios. La Cámara de Apelación del Trabajo, Sala 1, rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia, por aplicación de doctrina sobre solapamiento salarial y por imposibilidad de agravar al recurrente (reformatio in peius).
¿Quién es el actor?
Leguizamón Daiana Natalia.
¿A quién se demanda?
Aegis Argentina S.A. (sociedad demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos — diferencias salariales por solapamiento salarial y demás rubros indemnizatorios derivados del vínculo laboral (antigüedad, preaviso, SAC, integración del mes de despido, vacaciones, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia N° 806/01/12/2023; se impusieron costas y se regularon honorarios de segunda instancia a favor de los letrados de las partes en los montos indicados ($565.492,14 y $257.041,88).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien la sentencia en crisis sostiene que la actora se encontraba fuera de convenio y señala la coincidencia de las partes sobre este hecho, al momento de determinar la remuneración la incluye en el convenio 130/75, en lo que configura una grave contradicción lógica y, a su vez, vulnera el derecho de defensa de la parte y principio de congruencia conforme los términos en que quedó trabada la litis ... En consecuencia, corresponde considerar a la trabajadora como una empleada fuera de convenio en cuanto a la categoría y escala salarial. Así lo declaro."
"La idea de solapamiento salarial vino a contemplar la desproporción, inequidad y retraso salarial que se genera en detrimento de los trabajadores que pertenecen a las categorías superiores; excluidos de las convenciones colectivas; comparado con la remuneración que perciben aquellos trabajadores de menor jerarquía, pero que están comprendidos en el marco de aplicación de los acuerdos convencionales generales. El solapamiento salarial conlleva la idea de desproporción en la remuneración entre empleados jerárquicos y los trabajadores que pertenecen a inferiores categorías y conlleva la idea del achicamiento de la pirámide salarial dentro de las empresas."
"De lo expuesto, se pudo comprobar una conducta arbitraria, discrecional y contraria a la buena fe de la empleadora, ante la alteración e inestabilidad en la remuneración del actor. ... Tal conducta de la demandada vulneró injustificadamente el principio de intangibilidad, irrenunciabilidad y progresividad, lo que evidentemente aparejó un menoscabo directo en el patrimonio, derecho de propiedad y garantía constitucional de retribución justa y protección al trabajo del actor (art. 14bis CN)."
"Debo señalar que la actora no articuló recurso de apelación y dado que únicamente la demandada apeló el pronunciamiento modificar el mismo en perjuicio de la recurrente es contrario al principio de reformatio in peius ... En conclusión y por los fundamentos expuestos corresponde confirmar lo resuelto en la sentencia y la condena a la demandada ante la limitación expresa impuesta por ley ... Así lo declaro."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto de la vocal preopinante Graciela B. Corai (fundamentado) y adhesión de la vocal María del Carmen Domínguez; acuerdo unánime de las dos vocales que intervienen (la resolución final figura en el dispositivo citado).
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