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Cámara de Apelaciones

GALO GONZALO MATIAS c/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)

El actor promovió acción de consumo reclamando cumplimiento de promociones y reintegro de cuotas de seguro, más daño punitivo; la primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda. La Cámara confirmó en lo esencial la condena por reintegro y admitió el daño punitivo pero lo redujo de $10.000.000 a $3.500.000 por resultar desproporcionado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
215/19
Consumo Plan de ahorro previo Acuerdo conciliatorio dci Reintegro de seguro Dano punitivo Carga dinamica de la prueba Promociones y descuentos Pericia informatica Proporcionalidad de la multa Costas

¿Quién es el actor?

Gonzalo Matías Galo.

¿A quién se demanda?

FCA S.A. de Ahorro Para Fines Determinados (y originalmente Auto Cattedrale S.A., de la que el actor desistió).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

a) cumplimiento de promociones y descuentos publicitados; b) reintegro de cuotas de seguro por cobro duplicado y aplicación de daño punitivo por incumplimiento de acuerdo conciliatorio homologado en la DCI.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación del actor (se confirma el rechazo del reclamo por promociones y descuentos) y se hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada en cuanto a la cuantía del daño punitivo, reduciéndolo de $10.000.000 a $3.500.000; se confirmó la condena al reintegro por cobro duplicado de seguros por $256.079,74 (con determinación de cuotas restantes en ejecución) y se mantuvieron costas de Alzada como se consideraron.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia de grado se basó en el incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado en la Dirección de Comercio Interior (DCI), por el cual FCA S.A. ofreció al Sr. Galo el cambio de la Aseguradora... El acuerdo celebrado tuvo por objeto resolver el conflicto, y la conducta posterior de FCA S.A., al continuar cobrando el seguro a pesar de que el actor ya estaba asegurado con la compañía Orbis, frustró la finalidad de dicho acuerdo, generando un perjuicio económico al consumidor."

"Conforme es sabido, en el marco de un proceso de consumo rige el principio de la carga dinámica de la prueba (art. 53, LDC)... la demandada, por su posición de profesional y controlante de la operación, tenía la carga de acreditar que la frustración del cambio de seguro se debió a un incumplimiento exclusivo, terminante e insubsanable del consumidor... y ello no ha sido acreditado."

"El centro de la controversia, y la conclusión a la que acertadamente arribó el A quo, es la total incertidumbre respecto a la autoría de las ofertas y el vínculo jurídico que las haría oponibles a la administradora FCA S.A... El intercambio de mails no pudo ser considerado siquiera como principio de prueba por escrito (art. 1020 CCCN), al no acreditarse que provinieran efectivamente de una cuenta usada por la concesionaria."

"El daño punitivo constituye una multa civil (art. 52 bis, LDC) cuya finalidad es sancionar y disuadir... El A quo fijó la sanción en la suma de $10.000.000... y el Tribunal juzga excesiva y desproporcionada en las circunstancias del caso... se resuelve admitir parcialmente el agravio de la demandada únicamente en cuanto al quantum, reduciendo el monto del rubro daño punitivo a la suma de $ 3.500.000 (pesos tres millones quinientos mil)."

¿Cómo votaron los jueces?

no hubo voto en disidencia; la sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (dos votos conformes).

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