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Cámara de Apelaciones

MEDINA SONIA ELENA DEL VALLES c/ DALE ANA BEATRIZ Y OTROS s/ DESALOJO

La actora promovió demanda de desalojo contra Ana Beatriz Dale y otro por supuesta rescisión contractual y ocupación ilegítima. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por improcedente, por haber incumplido la actora el procedimiento contractual pactado para el reajuste del precio y no acreditar la causal de cambio de destino.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4083/24
Desalojo Locacion Rescision Reajuste de precio Tribunal de tasaciones Proceso especial Costas Incumplimiento contractual Uso para vivienda Competencia del proceso

¿Quién es el actor?

Sonia Elena del Valle Medina.

¿A quién se demanda?

Ana Beatriz Dale y Gastón Andrés Vales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Desalojo del inmueble sito en Monteagudo 747, piso 13, dpto. 2, por supuesta rescisión del contrato de locación (incumplimiento en pago/adecuación del precio, subarriendo/ocupación por terceros, cambio de destino).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 07/10/2025 que declaró improcedente la acción de desalojo y rechazó el reclamo. Se impusieron las costas a cargo de la actora. Pronunciamiento sobre honorarios reservado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La discusión al respecto del precio del contrato de locación excede el marco cognitivo del proceso especial de desalojo cuyo objeto es lograr la restitución de la tenencia del bien inmueble, cuando existe una obligación de restituir exigible… En esta lógica se evidencia que el juicio de desalojo no es la vía adecuada para debatir y dilucidar cuestiones que desbordan su objetivo, como son las relativas al reajuste del precio por envilecimiento del mismo, ya sea por la invocada aplicación de la teoría de la imprevisión o por el abuso de una de las partes contratantes, ya que el desalojo no puede sustituir procesos específicos dispuestos por el derecho sustancial" (Cám. Doc. Loc., Sala III, sent. 312, 23/10/2018, “Echevarría, Julio César c. Jumbo Retail Argentina S.A. s/ desalojo”).

"En consecuencia, sin perjuicio de que las partes podrán acudir al modo específicamente regulado para discernir cualquier controversia sobre el precio de la locación en el futuro, en lo que refiere a la causal invocada para el desalojo consistente en el incumplimiento por la locataria de su obligación de pagar el precio del alquiler, no puede ser aceptada pues la locadora incumplió el contrato al incrementar unilateralmente el precio del mismo, cuando las partes habían acordado un procedimiento específico para esta hipótesis, el que no fue cumplido por la parte actora."

"En consecuencia, corresponde no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por Sonia Elena del Valle Medina en contra de la sentencia de fecha 07/10/2025, la que se confirma; con costas a cargo de la parte actora por resultar vencida (arts 61 y 62 del CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Luis José Cossio formuló el voto que motiva la decisión; la Dra. M. Soledad Monteros votó en igual sentido. No hubo disidencia.

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