JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

JSOS S.R.L. c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA DE TUCUMAN s/ AMPARO

La actora JSOS SRL promovió acción de amparo contra la Provincia de Tucumán – Dirección General de Rentas para que se deje sin efecto su exclusión del Padrón de Contribuyentes y cese la aplicación de la alícuota máxima del impuesto sobre los ingresos brutos. La Cámara declaró de abstracto pronunciamiento la acción porque, al tiempo de dictarse la sentencia, la DGR había excluido a la actora de la aplicación de la RG 176/10 y sus modificatorias, por lo que el pronunciamiento sobre el fondo carecería de actualidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
379/25
Amparo Exclusion de padron Ingresos brutos Resolucion general 176/10 Rg 7/25 Cuestion abstracta Cosa juzgada temporal / sobreviniente Costas Direccion general de rentas Contencioso administrativo.

¿Quién es el actor?

JSOS SRL, representada por apoderada letrada.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán – Dirección General de Rentas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se deje sin efecto la exclusión de JSOS SRL del Padrón de Contribuyentes y que cese la aplicación de la alícuota máxima (7%) en los regímenes de Retención, Percepción y Recaudación Bancaria del impuesto sobre los Ingresos Brutos; además, planteo de inconstitucionalidad de la Resolución General 176/10 y sus modificatorias, en especial la RG 7/25.

¿Qué se resolvió?

Declarar de abstracto pronunciamiento la acción de amparo; imponer las costas por el orden causado; reservar regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo a lo establecido en la ley N° 6.944, la admisibilidad de la acción de amparo debe ser valorada ponderando las circunstancias existentes al momento de dictar sentencia, de manera tal que no corresponde emitir pronunciamiento sobre la pretensión originaria cuando a la luz de nuevas circunstancias -sean estas fácticas o jurídicas- se torne inoficioso decidir la cuestión."

"Por lo tanto, dado que la acción aquí incoada perdió actualidad -presupuesto insoslayable para la admisibilidad del amparo-, corresponde declarar abstracto el juzgamiento de la presente acción promovida por la firma JSOS SRL contra la Provincia de Tucumán ? Dirección General de Rentas."

"Es que, tal como puede constatarse en autos, la actora ya no está incluida en las previsiones de la RG (DGR) N.° 176/10 y sus modificatorias, y en especial de la RG (DGR) N° 7/25, lo que implica que asiste razón a la demandada al dejar asentada su postura defensiva."

"Se imponen las costas por el orden causado, en atención al modo en que se resuelve la cuestión, y dado que al producir el informe circunstanciado la Provincia de Tucumán acreditó que la actora ya se encuentra excluida de la aplicación de las previsiones de la RG (DGR) N°176/10 y sus modificatorias."

(Voto mayoritario / bloque dispositivo final: RESUELVE: I.- DECLARAR DE ABSTRACTO PRONUNCIAMIENTO ... II.- COSTAS ... III.- RESERVAR la regulación de honorarios para su oportunidad.)

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