DEL PRETE NADIA MABEL c/ BANCO MACRO S.A. s/ BANCO MACRO S.A.
El letrado Sebastián Alberto Gómez Guchea solicitó la regulación de honorarios por su intervención en el recurso resuelto el 19/11/2024. La Cámara rechazó la regulación por considerar la actuación notoriamente inoficiosa y, en consecuencia, negó todo derecho a remuneración.
¿Quién es el actor?
Sebastián Alberto Gómez Guchea (peticionante, por derecho propio).
¿A quién se demanda?
No corresponde demanda; incidente de regulación contra el expediente principal caratulado "DEL PRETE NADIA MABEL c/ BANCO MACRO S.A. s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)" (Expte. N° 2143/20-I1-I1); el letrado representa a Banco Macro en el expediente.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por las actuaciones del peticionante en el recurso resuelto el 19/11/2024.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la regulación de honorarios solicitada, por considerarse la actuación del letrado notoriamente inoficiosa, conforme art. 16 de la Ley Arancelaria y Ley local N° 5.480.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Vienen los autos a conocimiento y decisión del Tribunal por la regulación de honorarios solicitada por el letrado Sebastián Alberto Gomez Guchea, por derecho propio.
El letrado peticiona 'I.-Atento al estado de las presentes actuaciones, solicito se eleven los autos a la EXCMA CAMARA a fin de que regulen los honorarios profesionales del suscripto por la sentencia de fecha 19/11/2024 que impuso costas a la actora.' (cfr. presentación del 13/08/2025).
Compulsado el presente incidente se observa que, en la sentencia por la que solicita dicha regulación, se resolvió el recurso de apelación interpuesto por Nadia Mabel Del Prete con el patrocinio letrado del Dr. Juan Lucas Rivadeo en contra de la resolución de fecha 08/05/2024. Se observa que, concedido el recurso de apelación y corrido el traslado de los agravios, los demandados, inclusive el Banco Macro a quien representa el peticionante, guardaron silencio."
"La inoficiosidad se encuentra expresamente contemplada en la Ley local Nº 5.480, art. 16, cuya finalidad es excluir de retribución aquellos trabajos y escritos profesionales que resulten notoriamente inoficiosos; esto es, aquellos realizados sin la ciencia y conciencia propias del ejercicio profesional exigidas, sin observancia de las reglas que rigen la abogacía y la procuración, y sin procurar beneficio alguno para el cliente (conf. Brito – Cardozo de Jantzon, Honorarios de los Abogados y Procuradores de Tucumán, Ley 5480, Ed. El Graduado, Tucumán, 1993, pág. 77).
En tal sentido, deben considerarse inoficiosos aquellos trabajos que no contribuyen al impulso del procedimiento, ni a la defensa eficaz de los derechos en juego, ni aportan elementos útiles que permitan ilustrar al sentenciante para la adecuada resolución del caso.
En consecuencia, no corresponde regular honorarios a favor del letrado Sebastián Alberto Gómez Guchea por el recurso resuelto el 19/11/2024, en tanto su actuación resulta notoriamente inoficiosa, conforme lo dispuesto por el art. 16 de la Ley Arancelaria."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante; el bloque resolutorio final dispone NO REGULAR HONORARIOS, por lo que esa es la decisión de la mayoría. No constan disidencias en el dispositivo.
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