SZACHNIUK LEONARDO c/ BANCO MACRO S.A. s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)
El actor demandó al Banco Macro S.A. por demora en el pago de un crédito y reclamó daños materiales, daño moral y daño punitivo en sede de consumo. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del banco y modificó exclusivamente la cuantía del daño moral (fijada en $1.499.999) y del daño punitivo (reducido a 2 canastas básicas totales Hogar 3, INDEC), confirmando el resto de la sentencia.
¿Quién es el actor?
Leonardo Szachniuk.
¿A quién se demanda?
Banco Macro S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por demora en el cobro de honorarios/crédito (sumas depositadas) por conducta del banco en la operatoria; se peticionaron daños materiales, daño moral y daño punitivo (multa civil) y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Banco Macro únicamente respecto de la cuantía del daño moral y del daño punitivo, modificando sus montos; se confirmaron la atribución de responsabilidad y la procedencia del daño material, se mantuvo la condena en cabeza del banco salvo por la adaptación de montos; costas de alzada a cargo en 85% del apelante; se reservaron honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"RESUELVE:
I. HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por el letrado Alfredo Fernando Ducca, en su carácter de apoderado del Banco Macro S.A., contra la sentencia definitiva dictada el 30/04/2025, únicamente en relación a la cuantía del daño moral y daño punitivo, conforme a lo considerado. En consecuencia, MODIFICAR la cuantía reconocida en concepto de daño moral, la que se fija en la suma de $1.499.999, y la correspondiente al daño punitivo, la que se establece en la suma de pesos equivalente al valor de (2) dos canastas básicas totales para un hogar tipo 3, conforme parámetros publicados por el INDEC; calculados a la fecha de su efectivo pago.
II. COSTAS de la Alzada, conforme se considera.
III. RESERVAR el pronunciamiento de honorarios para su oportunidad."
"Si bien no desconozco las angustias y sinsabores que ha debido soportar el Sr. Szachniuk (cf. lo ya considerado), entiendo que las circunstancias que rodean al caso no ameritan la suma establecida que supera ampliamente los 10 millones de pesos (computando intereses). En este punto destaco que de lo que se trata, es el perjuicio espiritual derivado de la demora en acreditar los fondos -que ha sido estimada en 30 días- al cabo de los cuales el actor pudo percibir su acreencia."
"En virtud de lo expuesto, propondré al Acuerdo reducir la cuantía de la multa civil y fijarla en la suma de pesos equivalente a 2 (dos) canastas básicas total Hogar 3 (INDEC), calculadas a la fecha de su efectivo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
la sentencia fue dictada por dos miembros del Tribunal (Dres. Álvaro Zamorano y Alberto Martín Acosta) con coincidencia de votos; la propuesta del primer votante fue acompañada y confirmada por el segundo, constituyendo la decisión de la mayoría.
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