JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROJANO RAMONA ESTER DEL VALLE c/ OSPLAD (OBRA SOCIAL PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE) s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra OSPLAD por falta de cobertura médico-asistencial y gasto por intervención quirúrgica. La Cámara confirmó la incompetencia del juez provincial y remitió las actuaciones a la Cámara Federal al entender que la cuestión exige la aplicación e interpretación de normativa federal sobre el sistema de salud.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
200/24
Competencia por la materia Obras sociales Ley 23.661 Ley 26.660 Cobertura medico-asistencial Danos y perjuicios Remision a fuero federal Improcedencia de jurisdiccion provincial Costas Recurso de apelacion

¿Quién es el actor?

Ramona Ester del Valle Rojano.

¿A quién se demanda?

OSPLAD (Obra Social para la Actividad Docente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por la falta de cobertura médico-asistencial en traumatología y reintegro de gastos por intervención quirúrgica afrontada con recursos propios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación de la actora y se confirmó la sentencia n° 1292/03-12-2025 que declaró la incompetencia del Juzgado Civil y ordenó remitir las actuaciones a la Cámara Federal de la Provincia de Tucumán; se imponieron las costas de esta instancia a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de lo expuesto, se estima que los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tucumán no son competentes para conocer en la presente causa y por ende debe confirmarse lo resuelto por el A quo mediante sentencia de fecha 3/12/2025. En consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones a la Excma. Cámara Federal de la Provincia de Tucumán, para que prosiga el trámite según su estado."

"El sistema de salud se encuentra dividido en tres subsectores: público, seguridad social y privado. Cada uno de ellos, cuentan con una regulación legal propia: el sector público se rige por las disposiciones de la Ley n° 23.661 (Sistema Nacional del Seguro de Salud); el sector de la seguridad social se tutela por la Ley n° 26.660 (Ley de obras sociales) y el sector privado, por su parte se rige por la Ley n° 26.682 (Ley de Medicina Prepaga).... Por su parte, la Ley n° 26.660 en su art. 3, en referencia a las obras sociales, establece: 'En lo referente a las prestaciones de salud formarán parte del Sistema Nacional del Seguro de Salud-en calidad de agentes naturales del mismo sujetos a las disposiciones y normativas que lo regulan'."

"En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que cuando 'el objeto del litigio conduce, prima facie, al estudio de obligaciones impuestas a la demandada por la legislación sobre salud y discapacidad, incumbe estar a la doctrina según la cual atañen al fuero de excepción los procesos que conducen, en último término, a la aplicación de normas concernientes a la estructura del sistema de salud implementado por el Estado Nacional, que involucra tanto a las obras sociales como a las prestadoras privadas de servicios médicos'."

Asimismo, se consignó la normativa aplicable sobre competencia: "el art. 99 del CPCC ... el art. 101 ... La competencia en razón de la materia es improrrogable e indelegable ... es de orden público y no puede admitirse una apreciación distinta de los particulares ... el juez o tribunal puede declarar su incompetencia en razón de la materia en cualquier estado en que se encuentre la misma, dada la improrrogabilidad ..."

(No hubo votos en disidencia consignados en la resolución.)

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.