JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

OROSCO ANA MARIA DEL VALLE c/ MORENO RAUL ERNESTO s/ ACCIONES POSESORIAS

La actora promovió acción posesorio‑recobratoria contra Raúl Ernesto Moreno por el inmueble sito en calle Buenos Aires 375, alegando despojo tras medida de restitución provisoria dictada en un proceso penal. La Corte rechazó el recurso de casación y confirmó la valoración de mérito: la exclusión derivó de una decisión jurisdiccional en un proceso en el que la actora ejerció efectivamente su defensa, por lo que no constituyó despojo ilegítimo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1523/17
Posesion Accion de recobrar Despojo Restitucion provisoria Derecho de defensa Cosa juzgada Usurpacion Revision casatoria Valoracion de merito Sentencia penal firme (20/12/2023 N?1637).

¿Quién es el actor?

Ana María del Valle Orosco.

¿A quién se demanda?

Raúl Ernesto Moreno.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción posesorias (interdicto de recobrar) respecto del inmueble ubicado en calle Buenos Aires Nº 375, por despojo derivado de una restitución provisoria dictada en sede penal.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación deducido por la actora contra la sentencia n° 439 (28/07/2025) que confirmó el rechazo del interdicto; costas a la recurrente. Sentencia final de la Corte: NO HACER LUGAR al recurso de casación (Sent. N°256, 20/03/2026).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original del fallo):

"El eje central del cuestionamiento traído a conocimiento de este Tribunal determinar si, en las particulares circunstancias acreditadas en la causa, la desposesión de la actora operada en cumplimiento de una orden judicial dictada en sede penal, configura un despojo ilegítimo que habilite la acción posesoria de recobrar. Adelanta el Tribunal que el recurso no puede prosperar."

"la conclusión a la que arribaron los jueces de mérito -que la exclusión de la actora del inmueble no constituyó un acto de despojo en los términos del art. 2238 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación- se apoya en una valoración razonada y no arbitraria de las circunstancias del caso, en especial en lo atinente al efectivo ejercicio del derecho de defensa en sede penal."

"De las constancias de la causa surge que la actora no fue ajena al proceso penal ni privada de toda posibilidad de contradicción, sino que intervino activamente en él, aun cuando los planteos formulados no hayan tenido acogida favorable. Tal circunstancia resulta decisiva para descartar la configuración de un despojo ilegítimo desde la perspectiva posesoria..."

"En igual sentido, aun cuando el recurrente intenta encuadrar sus agravios bajo la invocación de gravedad institucional y vulneración del derecho de defensa en juicio, del examen del memorial surge con claridad que la crítica se dirige, en sustancia, a cuestionar la valoración efectuada por los jueces de mérito respecto de la naturaleza jurídica de la desposesión invocada y a la suficiencia de la tutela brindada en sede penal, extremos que remiten al análisis de circunstancias fácticas y procesales propias del caso concreto, ajenas -como principio- a la instancia extraordinaria."

"A lo expuesto se suma -y ello refuerza la conclusión alcanzada- que la causa penal en cuyo marco se ordenó la restitución provisoria culminó con una sentencia condenatoria firme por el delito de usurpación respecto de Ana María del Valle Orosco... sentencia n° 1637 de fecha 20/12/2023 ...confirmando la sentencia del Juez Penal ... que los había considerado autores penalmente responsables del delito de Usurpación, en perjuicio de Raúl Moreno."

¿Cómo votaron los jueces?

unanimidad de los vocales Posse, Estofán y Leiva. No hubo disidencia.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.