BANCO MUNICIPAL DE TUCUMAN c/ EDIFICADORA DEL NORTE S.A. C/ DR. GUSTAVO CHOUA) s/ EJECUCION HIPOTECARIA
El tercerista Javier Esteban García Boullhensen promovió tercería de dominio para obtener el levantamiento del embargo preventivo trabado sobre diez matrículas registrales. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la tercería por haber adquirido las bienes con conocimiento y reconocimiento registral de los embargos y confirmó la multa y costas impuestas.
¿Quién es el actor?
Javier Esteban García Boullhensen (tercerista), planteando tercería de dominio.
¿A quién se demanda?
Medida cautelar dictada en autos principales por el letrado Gustavo Oscar Choua (en representación de derechos del abogado/embargante) y la situación registral frente a Edificadora del Norte S.A. (expediente principal: Banco Municipal de Tucumán c/ Edificadora del Norte S.A. s/ Ejecución hipotecaria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Levantamiento del embargo preventivo trabado sobre las matrículas N-33413/003 a N-33413/012 (inmuebles en calle Idelfonso de las Muñecas N°184) mediante tercería de dominio, por entender que los inmuebles ya pertenecían al tercerista con anterioridad al embargo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia del 03/12/2025 que NO HIZO LUGAR a la tercería de dominio; se confirmaron la multa impuesta por art. 26 Ley 9531 (equivalente a dos consultas escritas, $1.120.000) y se impusieron las costas de la alzada al apelante; se reservaron honorarios para oportunidad procesal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (texto original del tribunal):
"De la escritura pública n° 286 del 27/12/2022 surge que la Escribana Pública Beatriz M. Colombres de Terán dejó constancia de los embargos vigentes que registraban las matrículas adquiridas... asiento 14: embargo preventivo: juicio Banco Municipal de Tucumán c/ Edificadora del Norte S.A s/x - Ejecución Hipotecaria. Expte 7091/95... Fecha 06/07/2022... En conclusión, no cabe duda alguna de que al momento de adquirir los inmuebles embargados el tercerista García Boullhensen sabía de la existencia de los embargos trabados a fin de garantizar los honorarios del letrado Choua."
"El tercerista Boullhensen adquiere las unidades ... por escritura pública celebrada con el vendedor David Ariel Zeitune... Sólo puede invocarlos [los boletos] para justificar la legalidad de su compra... No alcanza con invocar que antes de comprar el tercerista Boullhensen hubo ventas, pagos o posesión entre adquirentes previos. Lo que debía probar era que al momento de adquirir su derecho de propiedad, éste pasó en forma completa y eficaz. Ello no sucedió por los embargos anteriores a la fecha de su compra -27/12/2022- reconocidos en dicha escritura."
Sobre la sanción por conducta procesal:
"La multa impuesta luce razonable, proporcionada y ajustada a derecho, correspondiendo su confirmación... no se sanciona aquí el ejercicio del derecho de defensa, sino la promoción de una tercería tendiente a dejar sin efecto un embargo cuya existencia el propio incidentista conocía al momento de adquirir los inmuebles -por encontrarse inscripto y expresamente consignado en la escritura-, invocando un derecho preferente que no logró acreditar."
Resolución dispositiva:
"I) RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por el tercero, Javier Esteban García Boullhensen, contra la sentencia de primera instancia del 03/12/2025, la cual se confirma. II) COSTAS: las de esta instancia se imponen al el tercero apelante, Javier Esteban García Boullhensen, conforme lo considerado. III) RESERVAR honorarios para su oportunidad."
¿Cómo votaron los jueces?
El dispositivo final del acuerdo confirma la sentencia apelada; firman los magistrados que integran la Sala (concordancia del tribunal en el fallo).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.