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Cámara de Apelaciones

FIGUEROA MARCELA SUSANA c/ EDET S.A. Y OTRO s/ SUMARIO (RESIDUAL)

La actora demandó por daños derivados de una baja/suba de tensión que averió un aire acondicionado; reclamó reposición del artefacto y daño punitivo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la responsabilidad objetiva y solidaria de EDET S.A. y TRANSNOA S.A., aplicando daño punitivo y condenando al pago del valor del artefacto o similar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2995/19
Ley de defensa del consumidor Responsabilidad objetiva Cadena de suministro Dano punitivo Nexo causal Pericia tecnica Energia electrica Edet s.a. Transnoa s.a. Reposicion de bien.

¿Quién es el actor?

Marcela Susana Figueroa.

¿A quién se demanda?

EDET S.A. (Empresa de Distribución Eléctrica S.A.) y TRANSNOA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de consumo por daños causados a un aire acondicionado (Hitachi HSA5000FECO) por un incidente eléctrico ocurrido el 11/12/2018; se reclama reposición del artefacto o similar y la imposición de daño punitivo (3 canastas básicas totales Hogar 3 del INDEC).

¿Qué se resolvió?

NO HACER LUGAR a los recursos de apelación interpuestos por EDET S.A. y TRANSNOA S.A.; se confirma la sentencia n°1036 de fecha 28/07/2025 que hizo lugar a la demanda, condenó solidariamente a las codemandadas al pago del valor del artefacto o similar y al monto equivalente a 3 canastas básicas totales Hogar 3 (valor vigente a la fecha de su pago) en concepto de daño punitivo; costas de la alzada a las demandadas; reserva sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la aplicación del régimen consumeril y la responsabilidad solidaria:

"El art. 40 de la LDC establece que todos los integrantes de la cadena de producción, comercialización o distribución de un producto o servicio son responsables por los daños que deriven de su vicio o riesgo, independientemente de la existencia de un vínculo contractual con el consumidor. (...) resulta irrelevante que la empresa demandada haya celebrado un contrato con la señora Figueroa, dado que su función como transportista de energía eléctrica forma parte integrante de la provisión del servicio, circunstancia suficiente para atribuirle responsabilidad en los términos del artículo 40 de la Ley N° 24240, quedando encuadrada dentro del concepto de proveedora en el marco de la normativa consumeril (artículo 2 de la LDC). Consecuentemente, correspondería sostener la aplicación de la LDC al caso concreto."

2) Sobre la valoración probatoria, carga y nexo causal:

"Del análisis de la prueba producida, surge que la actora ha logrado acreditar los extremos invocados en sustento de su pretensión... A su vez, del 'Informe Técnico Servicio N° 586634 RD N° 24.284 DENUNCIA DCI' (...) se desprenden las siguientes conclusiones: 'a) no existió falla en nuestras instalaciones, ni en el distribuidor MARIANO MORENO. Para la fecha del reclamo existieron fallas en el sistema de transporte de Alta Tensión. (...) d) Por LA SALIDA DE SERVICIO de la LAT DE 132 Kv BRACHO - CEVIL POZO, POR PROBLEMAS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE, hecho ocurrido el 11/12/2018.' ... Del dictamen del Ing. Juan Eduardo Ise (27/06/2024) ... 'el daño que presenta el equipo en cuestión, es consecuencia de una degradación de los terminales eléctricos del compresor, que pudo agravarse en una situación de baja tensión de alimentación de la red eléctrica, condición bajo la cual, el motor consume una corriente mayor a la nominal, acelerando el proceso de destrucción de los contactos'."

3) Sobre el daño punitivo:

"El art. 52 bis de la LDC dispone que al proveedor que no cumpla sus obligaciones legales o contractuales con el consumidor, a instancia del damnificado, el juez podrá aplicarle una multa civil a favor del consumidor... En el caso quedaron demostradas las graves inconductas observadas por la empresa proveedora de un servicio domiciliario esencial para toda la comunidad, consistente en la desatención de los reclamos de la actora pese a reconocer que hubo una falla en el sistema de transporte de alta tensión... Actitud que reviste suficiente gravedad para justificar la aplicación de esta multa civil sancionatoria, ejemplificadora, de finalidad preventiva y disuasiva..."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia; la sentencia fue acordada por coincidencia de dos votantes y uno adhirió (dos votos en acuerdo, el segundo votante adhirió).

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