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Cámara de Apelaciones

FRIAS CRISTINA DEL CARMEN c/ REQUEJO DE BALBOA DOLORES s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACUMULADO A EXPTE. Nº 778/07 Y EXPTE. Nº 747/07)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios por un accidente de tránsito con resultado fatal. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y absolvió a la demandada y a su aseguradora, atribuyendo en exclusiva la responsabilidad a los ocupantes de la motocicleta por conducir a alta velocidad tras cometer un ilícito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1661/06
Accidente de transito Responsabilidad objetiva Prioridad de paso Pericia accidentologica Conduccion a alta velocidad Eximente Absolucion Costas Apelacion Danos y perjuicios

¿Quién es el actor?

Cristina Del Cármen Frías, por sí y en representación de Gustavo Ismael Toro y Erica Vanesa Toro; Juan Manuel Villa; Carlos José Toro y María Del Carmen Lazarte.

¿A quién se demanda?

Dolores Requejo de Balboa y MAPFRE Argentina Seguros S.A. (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 11/07/2006 en la intersección de Don Bosco y Lucas Córdoba, que produjo la muerte de Gustavo Toro y lesiones a Juan Manuel Villa.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación de la actora y se hicieron lugar los recursos de apelación de la demandada y de la citada en garantía; se revocó la sentencia de primera instancia y se dictó sentencia sustitutiva que no hace lugar a la demanda y absuelve a la demandada y a MAPFRE. Costas a los actores vencidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del plexo probatorio existente en estos actuados, se encuentra sobradamente acreditada la excesiva velocidad a la que circulaban los conductores de la moto, habida cuenta de que se encontraban en una situación de “escape” luego de cometer un atraco, lo que permite inferir que lo perseguido era alejarse lo más rápidamente posible del lugar del hecho delictivo. En el caso de autos surge en forma prístina la amenaza y la incontestable gravedad que representa la conducta de quien ingresa a una vía, careciendo de los mínimos elementos de seguridad para sí y los demás en el motovehículo que manejaba, a excesiva velocidad, sin disminuir su marcha antes de ingresar a la intersección donde ocurrió el hecho."

"Confirman tal hipótesis la declaración de Argañaraz y la prueba pericial obrante en la causa penal, con las fotografías existentes en ella que dan cuenta de la violencia del impacto de la moto sobre el automóvil de la demandada por las deformaciones sufridas y el desenlace fatal del Sr. Toro.

La manera de conducir imprudentemente o temerariamente la moto por calle Lucas Córdoba, la dureza del impacto, la inexistencia de huellas o marcas de frenado, y el desenlace fatal de Toro puntualizan que tal conducta fue la “causa eficiente” del accidente y así lo declaro."

"Procede en consecuencia, atribuir toda la responsabilidad (100%) del acaecimiento del hecho daño al Sr. Gustavo Toro y Juan Manuel Villa, que circulaban con total imprudencia y desaprensión tanto por la vida ajena como la propia, rechazar las demandas y absolver a la demandada Dolores Requejo de Balboa por lo ut supra considerado."

¿Cómo votaron los jueces?

El Sr. Vocal Dr. Augusto Fernando Ávila fue preopinante con los fundamentos transcritos; la Dra. Marcela Fabiana Ruiz adhirió "votando en igual sentido". El acuerdo final (bloque dispositivo) dispone la revocatoria y sentencia sustitutiva indicando la absolución.

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