DOMENE MIGUEL A c/ DOMENE CARLOS Y OTROS s/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDAD
El letrado Jorge A. Tarbell apeló la regulación de honorarios practicada en la sentencia del 29/09/2014 en la causa DOMENE MIGUEL A. c/ DOMENE CARLOS y otros s/ disolución y liquidación de sociedad. La Cámara declaró la nulidad parcial de la regulación respecto de los emolumentos del Dr. Tarbell y ordenó que vuelvan los autos a origen para nueva regulación conforme a los lineamientos expuestos.
¿Quién es el actor?
El letrado Jorge Alejandro Tarbell, por derecho propio, interpone apelación contra la regulación de honorarios.
¿A quién se demanda?
Contra la decisión regulatoria dictada en la sentencia del 29/09/14 en los autos caratulados "DOMENE MIGUEL A. c/ DOMENE CARLOS y otros s/ disolución y liquidación de sociedad"; en la instancia originaria las demás partes y profesionales que consintieron la regulación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la regulación de honorarios en cuanto a los emolumentos del apelante y nueva regulación por considerar que se omitió aplicar la base regulatoria correspondiente a la acción de disolución y liquidación de sociedad y a la acción de rendición de cuentas, solicitando se eleven sus honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la nulidad planteada por el letrado Tarbell y se declaró la nulidad parcial de la regulación de honorarios del 29/09/14 únicamente respecto de los emolumentos del apelante; se impusieron costas a la contraparte vencida y se remitieron los autos al juez de origen para que regule los emolumentos del Dr. Tarbell conforme a los lineamientos del tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es así que la nulidad es la sanción procesal por la que quedan privados de todo efecto, aquellos actos llevados a cabo en el proceso que, por consistir en una inobservancia a las formalidades del proceso, alteran su estructura esencial causando un daño a alguna o a todas las partes y afectando así el derecho de defensa. De allí surgen los presupuestos: irregularidad o vicio en el trámite, afectación de un derecho o interés legítimo, privación de medios de prueba o de defensa."
"En consecuencia, y así entendida la cuestión que es objeto de este recurso, la decisión del juzgado A quo de pasar los autos para regular honorarios en forma lisa y llana sin dar vista a las demás partes y profesionales aparece desprovista de sustento en las constancias de autos de conformidad con las normas que se estiman aplicables al caso en concreto. Así lo ha entendido jurisprudencia que compartimos: 'Es que, el auto regulatorio debe invalidarse cuando no se puede inferir cuál es la base aplicada, porque carece de la indispensable fundamentación conforme a las circunstancias de la causa, sin observar relación con las constancias del expediente y las normas legales aplicables.'"
"Por lo tanto y al mediar en este caso una irregularidad o vicio en el procedimiento previo para la regulación de los honorarios capaz de afectar derechos adquiridos, resulta procedente la anulación invocada en el memorial del letrado apelante, correspondiendo que en la instancia de origen, teniendo en cuenta que el resto de los profesionales consintió la regulación practicada, sean reformulados los emolumentos del apelante únicamente, de conformidad con lo lineamientos expuestos."
Bloque dispositivo final (texto literal):
"I- HACER LUGAR, conforme a lo considerado, a la nulidad planteada por derecho propio por el letrado Jorge Alejandro Tarbell, en consecuencia se DECLARA LA NULIDAD PARCIAL de la regulación de honorarios realizada en la sentencia de fecha 29/09/14 de fs. 586/588 únicamente en relación a los emolumentos del letrado apelante.
II- COSTAS: como se consideran.
III- Vuelvan los autos a origen a los efectos de la regulación de los emolumentos del Dr. Jorge A. Tarbell de conformidad con los lineamientos expuestos en los considerandos precedentes."
(No constan votos en disidencia en el texto aportado).
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