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Tribunal Superior

VILUCO S.A. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN - D.G.R. - s/ NULIDAD / REVOCACION

La Provincia de Tucumán interpuso casación contra la sentencia que había hecho lugar a la demanda de Viluco S.A. solicitando la nulidad de actos de la DGR por falta de integración del procedimiento. La Corte hizo lugar al recurso de casación, casó íntegramente la sentencia apelada y remitió la causa para un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina que aquí se expone.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
521/19
Casacion Contencioso administrativo Retencion tributaria Integracion del procedimiento Art. 25 ctp (eleccion del fisco) Art. 33 ley 5.121 (solidaridad) Nulidad administrativa Debido proceso / derecho de defensa Remision para nuevo pronunciamiento Costas

¿Quién es el actor?

Viluco S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán – Dirección General de Rentas (D.G.R.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad / revocación de Acta de Deuda N° A 504-2013, Resolución N° D 550/18 (07/11/2018) y Resolución N° 760/19 (17/9/2019) del Tribunal Fiscal de Apelación; se cuestiona la determinación practicada en sede administrativa por falta de integración del procedimiento con los contribuyentes principales y la vulneración del debido proceso.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la Provincia, casó íntegramente la Sentencia Nº 1.148 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de fecha 17/11/2023, dejó sin efecto dicho pronunciamiento y remitió la causa a la Cámara para que, por la Sala que corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo con lo considerado en la casación. Además impuso costas de la instancia de casación y reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original):

"Resulta descalificable como acto jurisdiccional válido, la sentencia que, sobre la base de un análisis incompleto de las normas de orden público aplicables al caso, decide que el contribuyente principal debe necesariamente integrar el procedimiento de determinación de deuda de oficio seguido contra el agente de retención".

"En otras palabras, aun cuando está reconocido de manera expresa que ambos sujetos responden solidariamente en los términos del artículo 33 de la Ley N° 5.121, ello no conduce inexorablemente a que el reclamo en sede administrativa tenga que incluir de modo necesario a los contribuyentes principales cuando el procedimiento sólo ha incorporado inicialmente al agente de retención. Debe resaltarse que el artículo 25, inciso 1°, aplicable al caso, aclara que ello es una 'elección' del Fisco."

"En definitiva, la Cámara para decidir que el procedimiento administrativo debió contar necesariamente con la participación del contribuyente principal omitió el análisis de normas de orden público que podrían haber modificado el curso de su decisión. Con base en lo expuesto, y sin que lo decidido implique adelanto de criterio alguno sobre si [la actora] debe o no pagar la deuda determinada de oficio, corresponde hacer lugar al planteo de la demandada... dejando sin efecto el pronunciamiento impugnado."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia contiene votos que concluyen en distinto sentido; sin embargo, el bloque dispositivo final dispone hacer lugar al recurso de casación y casar la sentencia apelada, por lo que esa fue la decisión de la mayoría.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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