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Cámara de Apelaciones

NEILA ISABEL LEONOR c/ REPUESTOS MAIDANA S.R.L. Y OTRA s/ DESALOJO

El letrado Bernabé A. Araoz apeló la regulación de sus honorarios en el incidente de desalojo. La Cámara hizo lugar al recurso y modificó la regulación fijando los honorarios en $40.000 por tareas previstas en el art. 26 de la Ley 5480, por considerar razonable esa retribución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
10160/17-I1
Honorarios Regulacion Art. 26 ley 5480 Art. 70 ley 5480 Trabajo extrajudicial Desalojo Apelacion Costos Mediacion Camara de apelaciones tucuman

¿Quién es el actor?

Neila Isabel Leonor (parte actora en el juicio de desalojo).

¿A quién se demanda?

Repuestos Maidana S.R.L. y otra.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de regulación de honorarios solicitada por el letrado Bernabé A. Araoz, patrocinante de la actora, en el marco del juicio por desalojo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el letrado Araoz y se modificó la regulación anterior fijando sus honorarios en $40.000; costas por el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo a lo dispuesto por el art. 70, la regulación de honorarios por tareas extrajudiciales remite a las pautas señaladas por el art. 15 de la ley 5480. La regulación en estos casos no se encuentra sujeta al sistema de escalas y porcentajes mínimos y máximos que posibiliten establecer una base regulatoria para la determinación de los honorarios como pretende el quejoso."

"Por tanto, teniendo en cuenta la calidad y eficacia de la labor cumplida por el letrado Araoz, carácter en el que intervino y el resultado arribado, el que implicó un beneficio para su cliente al obtener un Acuerdo en la audiencia de mediación que se fijó entre las partes, consideramos razonable fijar los honorarios en el valor de dos consultas vigentes a la fecha del auto impugnado, es decir, la suma de $ 40.000. Monto que consideramos una equitativa retribución de la labor cumplida por el letrado apelante."

Bloque dispositvo final:

"I.- HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el letrado BERNABÉ A. ARAOZ en contra de la sentencia de fecha 18 de junio de 2020.

II.- MODIFICAR los honorarios del letrado Bernabé A. Araoz por la labor cumplida en el marco del art. 26 de la ley 5480, los que se fijan en la suma de $ 40.000 ( PESOS CUARENTA MIL).

III.- COSTAS se imponen por el orden causado conforme lo considerado."

(No se consignan votos en disidencia en el acuerdo; firmaron los señores jueces CARLOS E. COURTADE, MYRIAM GISELA FÁTIMA FAJRE.)

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