JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

HERRERA ANTONIO CARLOS c/ ROBLES JOSE OSCAR Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños y perjuicios y la citada en garantía apeló la desestimación del incidente de caducidad de la instancia. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que rechazó la perención por entender que existió actuación impulsoria del actor y consentimiento tácito de la aseguradora que convalidó la continuidad del trámite.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1604/07
Caducidad de instancia Perencion Perencion purga Actuacion impulsoria Planilla fiscal Beneficio de litigar sin gastos Art. 203 cpcc Art. 207 cpcc Costas Dano y perjuicio

¿Quién es el actor?

HERRERA ANTONIO CARLOS (actor).

¿A quién se demanda?

ROBLES JOSÉ OSCAR y otros; la apelante es la aseguradora citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por daños y perjuicios (expte. N° 1604/07). En incidente, la aseguradora planteó la caducidad (perención) de la instancia conforme art. 203 inc. 1º del CPCC.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la citada en garantía y se confirmó la sentencia de fecha 11/05/2018 que había desestimado el incidente de caducidad. Se impusieron costas a la parte vencida (aseguradora) y se diferió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso será desestimado, pues desde dicho proveído, hasta la deducción del incidente de perención (fs. 144), no ha operado el vencimiento del plazo de seis meses previsto en el citado art. 203 inc. 1º del CPCC ya que ha existido actuación impulsoria con efectos interruptivos de la perención de parte del actor. Cabe recordar que es obligación de la parte estimular, activar, urgir, suplir, mover, preservar, insistir, en una palabra 'instar' y mantener con vida la instancia. Esencialmente, que la presentación tenga entidad y fuerza impulsoria suficiente, además de ser pertinente, a fin de consiguir que la causa avance, es decir, se mueva de un estado procesal a otro."

"En autos, a fs. 514, mediante presentación del 21/09/2017, la parte actora solicitó al juzgado que confeccione la pertinente planilla fiscal; a lo que éste decretó que se esté a lo dispuesto en el día de la fecha, haciendo remisión a un proveído que refiere al trámite de beneficio para litigar sin gastos. Sin perjuicio de la providencia consecuente a la solicitud, posee conforme al estado procesal en que se encontraba la causa, dicha petición (practíquese planilla fiscal), posee naturaleza impulsoria. Es que no obstaba a la confección de la liquidación fiscal, el hecho de que debieran completarse los informes relativos a la solicitud del beneficio para litigar sin gastos que se encontraba gestionando el actor. Por ello, no le asiste razón al recurrente..."

"Tal lo acontecido en el caso, por cuanto la accionada consintió el decreto y acusó tardíamente la perención de la instancia, operándose el efecto del art. 207 del CPCC. El referido artículo, es expreso en el sentido de que el acuse de perención debe efectuarse antes de haber consentido ningún trámite en el proceso."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue dictada por dos miembros del Tribunal con coincidencia de votos; no consta disidencia.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.