GOMEZ PEDRO MANUEL c/ OLIVERA MAXIMILIANO ANDRES Y GALENO SEGUROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un choque entre su motocicleta y una cosechadora agrícola. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de grado: rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva a la aseguradora, extendió la condena a Galeno Seguros S.A., confirmó la concurrencia de culpas en 50% y corrigió el monto por daño psicológico.
¿Quién es el actor?
Pedro Manuel Gómez (DNI 39.143.266).
¿A quién se demanda?
Maximiliano Andrés Olivera (DNI 37.310.540) y Galeno Seguros S.A. (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 25/7/2022 en Ruta Provincial 308 Km 24; monto reclamado $19.878.992,60 por incapacidad sobreviniente, daño moral/psicológico y lucro cesante.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a los recursos de apelación; la Cámara revocó la aceptación de la excepción de falta de legitimación pasiva y, en sustitución, dispuso que la condena alcance también a Galeno Seguros S.A.; confirmó la concurrencia de responsabilidad en un 50% para cada responsable; rectificó el monto reconocido por daño psicológico por un error numérico. Condenó a Olivera y a Galeno Seguros S.A., en forma indistinta o in totum, a pagar: $2.082.022,36 (pérdida de chance 1er período); $7.866.938,01 (pérdida de chance 2º período); $1.326.000 (daño psicológico); $1.000.000 (daño moral), con intereses de la tasa activa desde la fecha de la sentencia de primera instancia hasta su efectivo pago. Costas de alzada por el orden causado; costas del recurso de la aseguradora a su cargo. Reserva de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, cuando el contrato prevé expresamente la cobertura del conductor autorizado y el siniestro se atribuye a quien actuaba en tal carácter, la legitimación pasiva de la aseguradora no puede quedar condicionada a la comparecencia de la sociedad asegurada, desde que el sujeto demandado se encuentra comprendido dentro del ámbito subjetivo del riesgo cubierto."
"Por lo expuesto, corresponde, hacer lugar al agravio articulado por la parte actora, revocar en este aspecto la sentencia apelada y, en su lugar, rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Galeno Seguros SA, disponiendo la extensión de los efectos de la condena a dicha aseguradora en los términos y con los alcances previstos en el contrato de seguro y la normativa aplicable."
Bloque dispositvo final (texto literal del decisorio):
"I.- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto en fecha 30/10/2025 por el actor, Pedro Manuel Gomez...
II.- NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por adhesión en fecha 17/11/2025 por ... Galeno Seguros SA...
III.- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación deducidos en fecha 30/10/2025 por la letrada Liliana Beatriz Farach... En consecuencia, y dictando sustitutiva, corresponde MODIFICAR los puntos I y II de la parte resolutiva de la sentencia mencionada, la que quedará redactada de la siguiente manera: I.- NO HACER LUGAR a la Excepción de Falta de Legitimación Pasiva interpuesta por la compañía Galeno Seguros S.A, conforme a lo considerado. II.-HACER LUGAR a la demanda de cobro por daños y perjuicios instaurada por Pedro Manuel Gómez... Por consiguiente, condeno a estos últimos, a abonar al actor Pedro Manuel Gómez - en forma indistinta o in totum - la suma de $2.082.022,36 ... $7.866.938,01 ... la suma de $1.326.000 ... y la suma de $1.000.000 ..., con más los intereses de la tasa activa desde la fecha de la sentencia de primera instancia, hasta su efectivo pago."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia se dictó por acuerdo de dos vocales (Dra. María José Posse — voto que expone los fundamentos — y Dra. Luciana Eleas, que adhirió), sin disidencias.
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