JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

BELMONTE MARIA MACARENA c/ BANCO MACRO s/ PROCESOS DE CONSUMO

La actora promovió acción de consumo contra Banco Macro y reclamó la producción de prueba pericial informática sobre el sistema de home banking. La Cámara hizo lugar a la queja por apelación denegada y concedió la apelación subsidiaria contra el decreto que rechazó la ampliación del acta de reconocimiento, por existir riesgo de gravamen irreparable al derecho de defensa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
6303/23-Q1
Proceso de consumo Pericia informatica Reconocimiento judicial Apelacion denegada Recurso de queja Art. 326 cpcct Gravamen irreparable Admisibilidad Remision al juzgado de origen Derecho de defensa

¿Quién es el actor?

BELMONTE MARIA MACARENA (representada por la letrada Marta E. Maldonado).

¿A quién se demanda?

BANCO MACRO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en procesos de consumo, con petición de producción de prueba pericial informática respecto del sistema de home banking y la validez/alcance de la diligencia de reconocimiento judicial practicada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja por apelación denegada interpuesta contra la providencia de fecha 08/04/2026 y, en consecuencia, se concedió el recurso de apelación planteado en subsidio contra el decreto de fecha 26/03/2026; se remitieron las actuaciones al juez de origen para que tramite el recurso concedido. La resolución fue dictada por coincidencia de votos entre dos miembros del Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Juez A quo fundó la denegatoria en lo dispuesto por el art. 326 del CPCCT, que establece la inapelabilidad de las resoluciones relativas a la producción, denegación y sustanciación de las pruebas.

Sin embargo, corresponde destacar que dicha norma constituye una excepción al principio general de recurribilidad de las decisiones judiciales, razón por la cual debe ser interpretada de manera restrictiva, especialmente cuando se encuentra comprometido el derecho de defensa en juicio.

En este sentido, la doctrina ha señalado que existe gravamen irreparable cuando la resolución impide el ejercicio de un derecho procesal o torna imposible su adecuada reparación en el curso ulterior del proceso."

"De las constancias de autos surge que la parte actora ofreció prueba pericial informática, solicitando la intervención de un experto a fin de que se expidiera sobre diversos puntos vinculados al sistema de home banking del banco demandado. En la primera audiencia, dicha prueba fue reconducida como reconocimiento judicial, sin que surja -prima facie- que en esa oportunidad se hubiera modificado expresamente el alcance de los puntos oportunamente propuestos.

Luego de producida la diligencia, la actora observó el acta de reconocimiento y solicitó su ampliación, alegando que los registros fílmicos incorporados no dan respuesta suficiente a los extremos probatorios requeridos. El juzgado, mediante providencia del 26/03/2026, tuvo presente las observaciones y remitió a lo dispuesto en la primera audiencia, destacando que las partes no se habían opuesto a la reconducción de la prueba.

En ese marco, la decisión que denegó la apelación con fundamento exclusivo en el art. 326 del CPCCT aparece, en las particulares circunstancias del caso, susceptible de causar un gravamen de imposible o insuficiente reparación ulterior, en tanto se vincula con el alcance y eficacia de una prueba que la recurrente invoca como central para su pretensión.

Por ello, y sin que lo aquí decidido implique adelantar opinión sobre la procedencia de los agravios, corresponde admitir la queja y conceder el recurso de apelación oportunamente deducido."

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (dos miembros), conforme art. 25 LOT.

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