CORTES CARLOS JOSE FEDERICO c/ ASOCIART ART S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor reclamó contra Asociart A.R.T. S.A. por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito laboral, alegando omisiones de la A.R.T. en prevención, control vehicular y capacitación. La Corte, rechazando el recurso de casación, confirmó que la Cámara valoró adecuadamente la prueba y no quedó acreditado el incumplimiento de la A.R.T. ni el nexo causal exigido por la doctrina sobre responsabilidad de las A.R.T.
¿Quién es el actor?
Carlos José Federico Cortés.
¿A quién se demanda?
Asociart A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reparación integral por daños y perjuicios derivados de un accidente sufrido el 02-10-2007 en ocasión de trabajo; imputación a la A.R.T. por supuesta falta de control, capacitación y prevención (incluida falta de inspección vehicular y ausencia de airbag).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por el actor; se confirmó la apreciación de la Cámara (sent. N°247 de la Cámara del Trabajo Sala V de 29-6-2017) de que no está acreditado el incumplimiento por parte de la A.R.T. ni el nexo causal con el daño; costas a cargo del recurrente en esta instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso no puede prosperar toda vez que, contrariamente a lo que sostiene el recurrente, la sentencia cuenta con fundamentos que la sostienen y justifican el rechazo de la demanda. Las consideraciones expresadas por la Cámara dan cuenta suficiente de que en el caso no concurren los extremos que hacen procedente el deber de reparar el daño causado al actor."
"A la luz de lo expuesto, no se advierte arbitrariedad alguna en las consideraciones de la Cámara con respecto a que no se encuentra acreditado el incumplimiento por parte de la A.R.T. de sus obligaciones legales, omisión en virtud de la cual pueda establecerse el nexo causal con el daño experimentado por el trabajador. La invocación que efectúa la recurrente de la omisión por parte de la aseguradora de los deberes impuestos por la Ley de Riesgos del Trabajo es genérica e insuficiente para demostrar la configuración del mencionado nexo causal..."
Adicionalmente, la Sala reiteró la doctrina aplicable: "la eventual responsabilidad de la A.R.T. se presenta como independiente de la del empleador, ya que no emerge del contrato de seguro... se debe probar la culpabilidad en sentido amplio... y su intervención en el nexo causal." (citas a fallos y doctrina consignadas en el decisorio).
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Eleonora Rodríguez Campos fue preopinante; los Dres. Antonio D. Estofán y Claudia B. Sbdar adhirieron; el acuerdo resolvió: "NO HACER LUGAR al recurso de casación... II.- COSTAS, de esta instancia extraordinaria local, como se consideran."
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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