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Cámara de Apelaciones

ARCE MARIA EUGENIA c/ EL CONDOR S.R.L. Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de transporte y solicitó indemnización por incapacidad y daño moral, junto con daño punitivo contra El Cóndor S.R.L. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de El Cóndor S.R.L. y dejó sin efecto la condena por daño punitivo, confirmando por demás la condena indemnizatoria y el rechazo de la prescripción opuesta por la aseguradora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3555/18
Danos y perjuicios Transporte publico Consumidor Prescripcion liberatoria Art. 2561 cccn Dano punitivo (art. 52 bis ldc) Responsabilidad objetiva Limite de cobertura Actualizacion de seguro Costas

¿Quién es el actor?

María Eugenia Arce (DNI 39.139.045).

¿A quién se demanda?

El Cóndor S.R.L. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resarcimiento por daños y perjuicios por accidente ocurrido el 30/10/2015 mientras la actora era pasajera: indemnización por incapacidad sobreviniente, daño moral, daño psicológico y aplicación de multa civil (daño punitivo).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de El Cóndor S.R.L. y, en consecuencia, se dejó sin efecto la condena por daño punitivo impuesta a esa empresa; se rechazó la apelación de Mutual Rivadavia. Se confirmó el rechazo de la prescripción liberatoria y se mantuvieron las condenas indemnizatorias (entre ellas $14.412.873,60 por incapacidad sobreviniente y $3.500.000 por daño moral), con costas de la alzada conforme lo considerado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De manera reciente y en una cuestión que si bien no es idéntica pero sí de similares aristas, nuestro Tribunal Superior ha esbozado una distinción en materia de prescripción liberatoria que resulta aplicable al caso y despeja cualquier duda al respecto. En tal sentido sostuvo que : 'Cabe recordar que en el caso la actora promovió una demanda tendiente a obtener resarcimiento de daños y perjuicios por un incumplimiento contractual de la demandada. Se trata, por lo tanto, de una acción de naturaleza resarcitoria, asimilable a la responsabilidad civil por los daños causados, y no de una acción de cumplimiento del contrato. Esta distinción reviste crucial importancia, puesto que define el régimen prescriptivo aplicable: las pretensiones de indemnización de daños derivadas de responsabilidad civil, aun cuando la fuente del deber jurídico sea un contrato, inclusive en el ámbito de consumo, prescriben en el plazo de tres años, conforme lo establece expresamente el art. 2561, segundo párrafo, CCCN.' ... ocurrido el hecho el 30/10/2015; presentada la solicitud de mediación prejudicial y la demanda el 29/10/2018, esto es, 2 años, 11 meses y 29 días después, el plazo de 3 años necesario para que proceda la prescripción liberatoria, en los términos del art. 2161 del CCCN, no se encuentra cumplido en autos, razón que conduce a rechazar la defensa articulada, confirmando la decisión del Juez Aquo y rechazar los agravios vertidos."

"Conforme es sabido, los daños punitivos constituyen una herramienta eficaz ... Siendo pertinente aclarar que la condena sancionatoria por daño punitivo no procede por el solo incumplimiento contractual o por la sola existencia de una relación de consumo, sino únicamente frente a una conducta del proveedor que revele un grave menosprecio por los derechos del consumidor, una indiferencia calificada hacia sus consecuencias, o un obrar objetivamente revelador de dolo, culpa grave, abuso, especulación o reiteración antijurídica. ... Considero que la empresa de transporte demandada, cumplió con la obligación de contratar un seguro de cobertura de siniestros, y una vez ocurrido el siniestro, asistió a la víctima y puso a su disposición dicha cobertura asegurativa. ... En tales condiciones y receptado el agravio de manera favorable, corresponde revocar la condena por daño punitivo impuesta a El Cóndor S.R.L., por no haberse demostrado en autos una conducta que justifique válidamente la aplicación de una sanción civil."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia acordada por coincidencia de votos entre los Dres. Álvaro Zamorano y Alberto Martín Acosta (2 votos), por lo que el dispositivo final es el resolutorio citada.

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